El penitenciario detenido. Y una captura de la cámara de seguridad, donde se lo ve llevando a la detenida al baño de Es.Tra.D.A.

El penitenciario acusado de haber abusado sexualmente de una mujer de 38 años detenida en la Estación Transitoria de Detenidos y Aprehendidos (Es.Tra.D.A.) del Polo Judicial continuará en prisión. El juez del Tribunal Penal Colegiado Nº1, Diego Lusverti, rechazó este miércoles la apelación presentada por la defensa del imputado y confirmó la prisión preventiva que había sido dictada el 2 de junio por la jueza Dolores Ramón.

La resolución también despejó una de las dudas que había dejado esa audiencia: el pedido de detención domiciliaria. El magistrado no hizo lugar al planteo en esta instancia porque entendió que no fue debidamente sustanciado durante la apelación, aunque dejó abierta la posibilidad de que la defensa vuelva a solicitar esa modalidad de cumplimiento ante la jueza de origen, siempre que incorpore los informes técnicos y la documentación necesaria para acreditar la situación familiar invocada, tal como se desprende de la resolución a la que accedió El Sol.

La defensa, encabezada por Enoc Ortiz, buscó revertir la prisión preventiva sosteniendo que no existían pruebas suficientes para mantener privado de la libertad al suboficial ayudante con 14 años en el Servicio Penitenciario, quien fue detenido en abril luego de que trascendiera el caso, que fue publicado por este diario.

Entre sus principales argumentos, remarcó que los estudios genéticos no detectaron ADN masculino ni en el hisopado vaginal ni en las prendas de la denunciante, cuestionó la credibilidad de la víctima al señalar supuestas contradicciones en sus declaraciones, puso en duda el origen del dinero que le fue secuestrado durante una requisa y sostuvo que el registro de las cámaras presentaba inconsistencias.

También afirmó que el imputado tenía arraigo y que no existía riesgo de fuga ni de entorpecimiento de la investigación, por lo que pidió su libertad o, en subsidio, la prisión domiciliaria, tal como sucede en la mayoría de este tipo de presentaciones.

El Ministerio Público y la querella, a cargo de Franco Migliavacca, en cambio, solicitaron que la medida cautelar fuera confirmada. Argumentaron que el relato de la denunciante se mantuvo firme desde el inicio de la causa y encontraba respaldo en distintos elementos de prueba, como las cámaras de seguridad, las declaraciones de otros penitenciarios, la requisa en la que apareció dinero entre las pertenencias de la mujer y otros informes incorporados al expediente.

También insistieron en que el resultado negativo de la prueba genética no descartaba la existencia del abuso y advirtieron sobre el riesgo de que el imputado pudiera influir sobre testigos o afectar el avance de la investigación debido a su condición de integrante del Servicio Penitenciario si accedía al beneficio de estar privado de la libertad en su casa.

Al analizar el caso, Lusverti rechazó uno por uno los agravios de la defensa. El magistrado sostuvo que, en esta etapa del proceso, la hipótesis de la fiscalía continúa siendo la explicación más consistente de los hechos y que el relato de la denunciante presenta corroboraciones suficientes para sostener la medida cautelar, es decir, que el penitenciario debe continuar detenido.

Entre esos elementos destacó que el imputado incumplió el protocolo que establece que las internas deben ser trasladadas únicamente por personal femenino; las filmaciones que lo muestran llevando a la mujer al baño en varias oportunidades; el señalamiento inmediato que realizó la denunciante y el hallazgo de dinero entre sus pertenencias luego del episodio denunciado.

Uno de los aspectos centrales del fallo fue el tratamiento de la prueba genética. El juez reconoció expresamente que el estudio no corroboró la presencia de ADN masculino y admitió que ese resultado genera una tensión con una parte del relato de la denunciante.

Sin embargo, explicó que ese dato, por sí solo, no alcanza para descartar la acusación porque el delito imputado no exige la existencia de semen para configurarse y porque el resto de las pruebas incorporadas sigue apuntalando la hipótesis fiscal.

Además, señaló que aún quedan medidas probatorias pendientes que podrán producirse durante la instrucción.

Respecto del riesgo procesal, Lusverti consideró acreditado que la permanencia en libertad del penitenciario podría afectar el desarrollo de la causa. Señaló que la mayoría de los testigos pertenecen al mismo Servicio Penitenciario y que la denunciante permaneció dentro del circuito carcelario, circunstancias que le otorgan al imputado una capacidad concreta para influir sobre la prueba o comprometer la seguridad de la víctima. A ello sumó la elevada pena prevista para el delito investigado, factores que, evaluados en conjunto, justifican la continuidad de la prisión preventiva.

El caso denunciado en Es.Tra.D.A.

El caso tiene como eje un hecho ocurrido el 7 de abril, cerca de las 10, en la Es.Tra.D.A., ubicada en el Polo Judicial. Según la acusación, el guardicárcel, quien cumplía funciones en el sector de control y clasificación, llevó a una mujer privada de la libertad hasta un baño con el pretexto de ofrecerle comida. Básicamente, hablaban de una “tortita”.

Allí, siempre de acuerdo con la reconstrucción fiscal, la sujetó del cuello y la abusó sexualmente. Después le entregó dinero para que no lo denunciara y le advirtió que no intentara ocultarlo porque sería requisada. El agente fue imputado por abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por un integrante de una fuerza de seguridad en ocasión de sus funciones.

Desde el inicio de la pesquisa, la fiscal del caso, Florencia Díaz Peralta (actualmente en Flagrancia) reunió distintos elementos que considera relevantes.

Entre ellos figuran las imágenes de las cámaras de seguridad que registraron los movimientos del penitenciario y de la detenida, las declaraciones de otros empleados del penal, informes médicos, la requisa que demostró que la mujer ingresó sin dinero luego de ser detenida en Godoy Cruz y permanecer unos días en la Comisaría Séptima y luego apareció con efectivo entre sus pertenencias, además de las pericias biológicas.

La investigación también incorporó el dato de que el imputado se había practicado una vasectomía, una circunstancia que la acusación utilizó para explicar la ausencia de espermatozoides en los análisis.

Con el rechazo de la apelación, el penitenciario continuará alojado en un establecimiento carcelario mientras avanza la investigación. La única cuestión que quedó pendiente es la eventual discusión sobre un cambio en la modalidad de detención, un planteo que la defensa podrá volver a impulsar si acredita la situación de un hijo que sufre una discapacidad.