La promesa fue clara. El resultado, demoledor. Lo que nació a fines de los 90 como un compromiso de resarcimiento para los trabajadores afectados por la transformación del sistema eléctrico provincial transita, casi tres décadas después, como una bomba judicial que amenaza las finanzas públicas y deja al descubierto los problemas generados por el modelo privatizador en Mendoza.
En 1997, la Empresa Energía Mendoza Sociedad del Estado (EMSE) fue desmantelada y reemplazada por tres nuevas sociedades: Edemsa, Edestesa y Gemsa. Dos años después de la privatización, a través del decreto 1641/99 se reglamentó que el 10% del capital accionario de esas compañías quedara en manos de los exempleados, mediante el denominado Programa de Propiedad Participada (PPP).
El objetivo era compensar económica y socialmente a los aproximadamente 1.500 empleados de la antigua empresa estatal, pero con el correr de los años se convirtió en una estructura legal sombría que dejó afuera a quienes debía beneficiar. La compleja trama derivó en una serie de duras sentencias contra el Gobierno provincial por daños y perjuicios. Pero la historia continúa.
En concreto, la Justicia responsabilizó al Ejecutivo por haber estructurado un sistema restrictivo, opaco e ineficiente, que bloqueó el acceso real a los beneficios prometidos. Ya son 16 las condenas firmes por el fracaso del PPP, con liquidaciones estimadas en $4.300 millones a favor de 140 extrabajadores de EMSE.
El monto encendió las alarmas en Casa de Gobierno, que impugnó las pericias y busca estirar los plazos. Lo cierto es que los pagos están lejos de concretarse y el conflicto sigue escalando.
Qué es el PPP y por qué fracasó
El esquema del PPP fue presentado como una medida de inclusión, reparación y “seguro de retiro” para los empleados de EMSE. Sin embargo, la realidad fue muy distinta: no se titularizaron las acciones, los balances de las empresas fueron opacos, no hubo reparto de dividendos y los beneficiarios nunca accedieron a información. Mucho menos a ingresos.
El andamiaje legal estableció que los trabajadores no recibirían gratuitamente las acciones de las distribuidoras Edemsa y Edestesa (clase D), y de la generadora Gemsa (clase B). En realidad, debían pagarlas con los dividendos futuros que generaran esas compañías eléctricas, en un plazo de 12 años. Hasta que se cancelara esa deuda, las acciones eran intransferibles.

También se determinó que las acciones serían sindicadas (no pueden transferirse libremente por parte de su titular), bajo la administración de un fideicomiso: la Asociación PPP, una organización sin fines de lucro creada, teóricamente, para representar a los beneficiarios.
Con el correr de los años el modelo quedó atrapado en una maraña burocrática para los exempleados de EMSE que, por ley, sólo pueden vender sus acciones a la Asociación PPP mediante el Fondo de Recompra. Algunos lo hicieron, por valores ínfimos. Otro pequeño grupo decidió ir a la Justicia y ya tienen sentencias firmes a su favor.
El rol cuestionado de la Asociación PPP
La Asociación PPP es una entidad intermedia que concentró el manejo de las acciones y fondos. Con estrechos vínculos con el Sindicato de Luz y Fuerza, asumió el rol de fiduciaria y representante legal de los beneficiarios.
Su función legal es administrar las acciones, convocar asambleas, anticipar dividendos y eventualmente facilitar recompras. Sin embargo, fue denunciada reiteradamente por extrabajadores por falta de transparencia, asambleas cerradas, escasa rendición de cuentas y concentración de poder, excluyendo a los verdaderos titulares de los derechos accionarios.
En 2005, la Ley 7.423 parecía solucionar parte del conflicto al establecer un esquema para la cancelación de las acciones de los trabajadores y la asignación de $600.000 anuales al PPP para anticipar dividendos o facilitar la recompra de acciones.
No obstante, los beneficiarios aseguran que jamás tuvieron acceso a información clara sobre el destino de esos fondos. La Asociación, por su parte, se defendió argumentando que rindió cuentas ante el Gobierno y que no era responsable de la generación de utilidades.
La Justicia, al menos hasta ahora, convalidó esa postura: en los fallos, la Asociación PPP fue eximida de responsabilidad, al entender que su rol era formal, fiduciario y no generador de resultados económicos. Pero las sospechas sobre su funcionamiento persisten.
Los fallos que condenaron al Estado
La primera demanda contra el Estado y la Asociación PPP se presentó en 2010, pero el fallo clave llegó recién en 2021, cuando la jueza Fabiana Munafó, del Cuarto Tribunal de Gestión Asociada, resolvió que el Estado debía responder civilmente por los daños y perjuicios derivados del fracaso del PPP.
Munafó consideró que si bien el Gobierno no tenía la obligación de garantizar dividendos específicos, sí tenía el deber de asegurar una “obligación de garantía estructural”. Es decir, que el sistema diseñado permitiera efectivamente a los trabajadores obtener los beneficios prometidos. Como eso no ocurrió, el daño era claro y debía ser reparado.
La jueza también rechazó el argumento de prescripción por parte del Gobierno, al sostener que el vínculo jurídico tenía carácter contractual y público-laboral, lo que habilitaba un plazo de reclamo más amplio.
Pese a las críticas sostenidas de los exempleados, Munafó no responsabilizó a la Asociación PPP: explicó que cumplía un rol formal como fiduciaria, sin deber legal de generar utilidades ni de definir políticas de recompra, y que cualquier cuestionamiento debía canalizarse por medio de una acción de rendición de cuentas, no en una demanda por daños.
Condenas que se suman y cálculo impugnado
Los expedientes se fueron acumulando y se tramitaron 17 causas similares en los tribunales provinciales. En noviembre de 2024, la Cuarta Cámara Civil, Comercial, Minas, de Paz y Tributario ratificó las sentencias de primera instancia en 16 de ellas. Como el Estado no apeló, las condenas quedaron firmes.
El tribunal ordenó posteriormente una pericia judicial para determinar el monto actualizado de las indemnizaciones. En febrero de 2025, los expertos concluyeron que el perjuicio económico total era de $4.296 millones, con un promedio de $31 millones por trabajador beneficiario.
Sin embargo, la ejecución de los fallos está paralizada. El Gobierno provincial y la Fiscalía de Estado impugnaron las liquidaciones, denunciando la existencia de anatocismo (capitalización compuesta de intereses), lo que —afirman— provocaría un enriquecimiento sin causa para los demandantes.
“No hay una propuesta de pago formal. Los montos están liquidados pero no han sido aprobados por el Tribunal de origen”, señalaron las abogadas María Luz Corte y Rosario Nanclares, apoderadas de los extrabajadores.
La jueza Munafó aún debe resolver si convalida o corrige la pericia. Pero todo indica que, cualquiera sea la decisión, el expediente volverá a ser apelado. El conflicto judicial, que lleva ya 15 años, se extenderá aún más.
Denuncias cruzadas en el Senado
En las últimas semanas, el caso también escaló al plano político. La Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales del Senado provincial recibió tres notas de sectores enfrentados dentro del universo del PPP.
La primera fue presentada por Daniel Toledano y Sebastián Fantacci, presidente y secretario, respectivamente, de la Asociación PPP. Solicitaron al Ejecutivo provincial que cumpla con los fallos y extienda los beneficios a todos los extrabajadores, sin necesidad de judicializar cada caso. También reclamaron la actualización del Fondo de Recompra.
La segunda fue firmada por Jorge Contreras, extrabajador y querellante. Denunció que la nota de la Asociación PPP no fue debatida en asamblea y acusó a sus firmantes de haber actuado siempre como “socios silenciosos” del Gobierno y del grupo Vila-Manzano, que controla Edemsa.
La tercera fue presentada por un grupo de más de 200 extrabajadores autoconvocados, quienes anunciaron que al menos 50 nuevas demandas están en preparación. En la nota, firmada por José Nosal, Darío Badui, Raúl Gomez Saá, Eduardo Mélica, Patricia Acosta y Antonio Diaz de los Ríos, advierten que el Estado terminará pagando sin recibir nada a cambio y proponen una recompra de acciones como mecanismo para mitigar el impacto fiscal del fallo.
Una herida que no cierra
Los casi 1.500 exempleados de la empresa estatal de energía vieron desaparecer un compromiso oficial entre papeles, fideicomisos y años de indiferencia. Apenas 140 tienen hoy una sentencia favorable y ni siquiera saben si van a cobrar; el resto quedó afuera o aún no litigó. Muchos trabajadores ya fallecieron y son sus herederos los que reclaman.
De esta manera la herida del PPP eléctrico, lejos de cerrarse, amenaza con extenderse entre litigios, frustraciones y millones por pagar. El sistema, presentado en la etapa privatizadora como un modelo virtuoso de participación, se transformó en estos 30 años en una muestra más de los perjuicios generados por una política pública mal diseñada y peor controlada.
La paradoja es evidente: el Estado fue condenado, las sentencias están firmes, las cifras peritadas pero impugnadas y los extrabajadores del sistema eléctrico provincial, que aún no ven un peso, siguen esperando un acto de reparación, 28 años después de la privatización.
