Las juezas de la Segunda Cámara de Apelaciones en lo Civil de Mendoza, Silvina Furlotti, Teresa Carbajal Molina y Gladys Marsala, decidieron suspender el fallo que obligaba a 8 compañías automotrices a recalcular las cuotas de más de 30.000 planes de ahorros al considerarlos “abusivos” y devolver un porcentaje de los excesos cobrados. Por contrapartida, ordenaron que se realice una audiencia para mediados de diciembre que permita acercar a las partes en conflicto.

La resolución se notificó a las partes el pasado 15 de noviembre, pero se hizo pública en las primeras horas de este lunes.

El fallo de primera instancia, ratificado por la jueza civil Fabiana Martinelli, fue suspendido por las camaristas hasta el 20 de febrero de 2025 con el objetivo de que las partes lleguen a una conciliación.

Para ello, se ordenó la celebración de una audiencia programada para el próximo miércoles 18 de diciembre.

En el dictamen, se dio lugar al planteo de las compañías automotrices de que el fallo inicial no analizó una posible inconstitucionalidad del artículo 206, inciso 6 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza.

Según explicó a El Sol la abogada de los mendocinos que reclamaron en la Justicia por el incremento en los planes de ahorro, Mariela González, una apelación de las automotrices presentada en 2020 fue la detonante de esta nueva instancia de la causa.

El reclamo que llevó a esta etapa fue presentado ante la extensión de los 500 reclamos iniciales para todos los casos similares.

“La jueza Fabiana Martinelli y el Ministerio Público Fiscal consideraron que correspondía extender los efectos de la medida cautelar y el fallo a dictarse a todos los suscriptores de plan de ahorro con domicilio en Mendoza y que hubieran contratado hasta setiembre de 2019 por la gran cantidad de causas con pedidos similares que estaban ingresando en los tribunales de toda la provincia“, según expuso González.

Esto provocó que los efectos de la cautelar, que exigió la reducción del valor de las cuotas en los planes de ahorro y la prohibición de secuestros prendarios, fueran aplicados a los más de 30.000 casos sin necesidad de demanda de por medio, siempre y cuando contaran con domicilio en la Provincia de Mendoza.

Pero las compañías demandadas apelaron en 2020, aunque desde su presentación “no volvieron a impulsar este recurso“, informó González. Es decir, fue el trabajo de oficio de la Segunda Cámara de Apelaciones en lo Civil la que reflotó este reclamo.

Cómo continúa el reclamo de los demandantes

Conocida la decisión, los ahorristas se mostraron preocupados y consideran que “es extorsiva la resolución”.

Si bien fueron convocados a la audiencia de conciliación para el próximo 18 de diciembre de 2024, González remarcó que “durante 5 años quisimos conciliar y nunca se llegó a un acuerdo”.

En consecuencia, la letrada consideró que el objetivo de las automotrices es “que se extienda la suspensión del fallo, para desligarse de las obligaciones dictaminadas por Martinelli: “Les dan más tiempo para seguir incumpliendo“, determinó.

A su entender, la resolución “suspende una norma de carácter público” y en esta “se dejó de lado el artículo 42 de la Constitución Nacional“, que establece los derechos de los consumidores en todo el país.

Ahora, la abogada de los consumidores afectados adelantó que se encuentra confeccionando un reclamo extraordinario para presentar en la Suprema Corte de Justicia.

Que estableció el fallo de primera instancia

En febrero de 2024, Martinelli resolvió ordenar a las compañías automotrices VolkswagenPeugeot, Citroën, Ford, Chery, RenaultToyota y Chevrolet recalcular el coste de las cuotas y devolver el 14% del valor de los automóviles 0 kilómetros vendidos desde el inicio de este plan de ahorro, en febrero de 2013, hasta septiembre de 2019.

Las automotrices deben retrotraer el valor de los vehículos a agosto de 2018 y aplicar el Índice de Precios al Consumidor (IPC), dejando de lado el valor móvil que hasta ahora vienen imponiendo, y devolver un 14% que han estado cobrando de más desde el principio de cada plan hasta agosto de 2018“, explicó González en abril de este año.

Sin embargo, la resolución no era firme y, por ende, su ejecución era provisoria. Por lo que, meses después, fue suspendida por la Segunda Cámara de Apelaciones en lo Civil.