Se cumplió un año del histórico fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenando al Estado argentino por la investigación sobre la desaparición forzada y posterior asesinato de José Segundo Zambrano y Pablo Marcelo Rodríguez, dos informantes de la Policía de Mendoza que fueron ejecutados en marzo del 2000. Uno de los casos más relevantes de violencia institucional que se registró en la provincia tras el retorno de la democracia.
La sentencia del 28 de agosto de 2025 cerró un ciclo de 25 años en el que, según el organismo de derechos humanos, hubo una investigación viciada que le negó acceder a esos derechos a las víctimas y su familia. Un proceso que empieza a repararse ahora con el pago de indemnizaciones y el cumplimiento de los puntos de la sentencia, pero que aún conserva interrogantes. Por ejemplo, la investigación administrativa que en la Justicia pesa sobre el juez Rafael Escort, quien llevó la instrucción en una primera etapa. Además de la apertura de una investigación en la Justicia federal, dos décadas después, para intentar recuperar la causa inicial por desaparición forzada y homicidio.
Cabe destacar que si bien la sentencia fue dictada el 28 de agosto en Costa Rica y concluyó un proceso de un año de investigación y declaraciones, la misma fue publicada recién el 9 de diciembre y, por ende, notificada a las partes. La demora responde a un proceso administrativo interno de la Corte Interamericana, vinculado al procesamiento y traducción de la sentencia. Recién desde diciembre comenzaron a implementarse las medidas de reparación que dictó.

El recuerdo de dos muertes y una investigación cuestionada
José Zambrano era informante de la policía, tenía 28 años. Rodríguez era su amigo de la infancia y tenía 25.
Según los relatos de la época, el primero recibió una llamada de otro policía, Felipe Gil Fernández, quien le indicó mantener una reunión en el Departamento de Investigaciones. Zambrano se subió a un auto Peugeot 504 color azul con Fernández, para acudir al encuentro. Pero el 25 de marzo desaparecieron. Su familia denunció la desaparición el 29 de marzo. El gobernador Roberto Iglesias los calificó de “prófugos” y las autoridades de Seguridad minimizaron el hecho (Leopoldo Orquín era el ministro). Sus cuerpos fueron encontrados recién el 3 de julio de 2000. Estaban semienterrados en el piedemonte de Godoy Cruz. La necropsia determinó que las víctimas murieron a causa de heridas de bala. Los informes forenses posteriores determinaron una fecha de muerte aproximada entre el 5 y el 6 de abril de 2000.
La causa fue investigada por el Ministerio Público Fiscal y, como avance más relevante, se produjo la declaración de Mario Díaz Rivero, quien reconoció ser quién guió a los asesinados hasta la zona de Los Barrancos, donde finalmente fueron ejecutados. Díaz vinculó a otros policías.También fue imputado junto con Gil. Según el requerimiento de elevación a juicio, las víctimas habrían llegado al autódromo Los Barrancos a bordo del Peugeot, acompañado por Díaz y a pedido de Gil. El otro imputado los esperaba en la zona en compañía de cuatro personas más. Gil se habría acercado a la ventana y desde ahí habría ejecutado un disparo en la cabeza a Zambrano. Otras personas habrían ejecutado disparos contra Fernández, que quiso escapar desde el asiento del conductor. La imputación fue por “doble homicidio calificado con el negocio y concurso premeditado de más de dos personas”.

El 11 de mayo de 2004, la Séptima Cámara del Crimen (Rafael Escot) dictó las absoluciones a los dos acusados, Mario Díaz Rivero y Felipe Gil Fernández y declaró nulo el juicio. Consideró que no se había alcanzado el “grado de certeza absoluta” que la etapa judicial requería. La Cámara señaló que se había vulnerado el derecho de Díaz a no declarar contra sí mismo. La familia presentó un recurso de Casación (por su condición de querellantes) y el caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, que el 16 de diciembre de 2004 rechazó el recurso. La causa no se movió más desde ese momento.
Felipe Gil fue liberado tras la absolución y aunque ya había sufrido la cesantía en 2003, recibió en 2017 una indemnización (vinculada también a otra causa).

La representación de la familia quedó en manos de los abogados de la asociación Xumek, vinculada a causas sobre violaciones de derechos humanos. Diego Lavado y después Lucas Lecour y Sergio Salinas encabezaron el trabajo para presentar el caso ante los organismos internacionales en 2005.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos tomó intervención y en 2022 aprobó un informe responsabilizando al Estado argentino por la violación de los DD.HH. de las víctimas. Como el Estado no se acogió a las recomendaciones, expidió a que intervenga la Corte Interamericana, en 2024. La sentencia llegó al año siguiente.
La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
La Corte responsabilizó al Estado argentino por la desaparición forzada y ejecución de los hombres, al argumentar que en la consumación de los hechos intervinieron agentes estatales (policías). También por no haber podido llevar a cabo una investigación diligente que permitiera esclarecer lo ocurrido. Concluyó que los acontecimientos ocasionaron una afectación a la integridad personal de sus familiares. El Estado argentino reconoció su responsabilidad en parte.
Entre los puntos más importantes de la sentencia, la Corte internacional ordenó al Estado argentino continuar la investigación, reparar integralmente a las familias (incluyendo tratamiento psicológico) y realizar una serie de medidas de satisfacción. Entre ellas, la obligación de hacer un acto público de reconocimiento de responsabilidad en Mendoza, publicar el resumen oficial de la sentencia en el Boletín Oficial, dejar la sentencia disponible en las web y redes oficiales durante al menos un año, y dar difusión a video institucional de un minuto que narre los puntos resolutivos.
Este martes, desde las redes de la Justicia de Mendoza publicaron el video institucional que obligó el fallo, a casi un año de la sentencia. La misma fue publicada ya en el Boletín Oficial de la Nación y se encuentra de libre acceso.
Según el abogado que intervino en la causa, Lucas Lecour, ya se pagaron las indemnizaciones, pero todavía falta el acto de disculpas. “Supuestamente están trabajando en ese acto para hacerlo antes de diciembre”, dijo. También falta todo lo que tiene que ver con las reparaciones de salud. “Iban a hacer una reunión con el Ministerio de Salud y los familiares que quisieran algún tipo de cobertura médica, pero todavía no se ha hecho”, indicó.
Investigación en la Judicial Federal y el expediente contra Rafael Escot
Mientras tanto y tal como indica el fallo, el expediente original que investiga la desaparición forzada y posterior ejecución de Zambrano y Rodríguez ahora tiene un nuevo impulso, a 26 años del hecho, de la mano de la Justicia federal, que tomó el caso. Consideran que al tratarse de esa tipología de delito, es que cabe su intervención. El expediente está en esos juzgados desde hace unas dos semanas.
“Primero tendría que hacerse una investigación y determinar a quiénes pueden imputar y eventualmente acusar. Una vez que esté la acusación, se inicia todo un procedimiento nuevamente: hay que imputar, acusar, elevar a juicio y después podría eventualmente venir un juicio más adelante”, señaló Lecour. Ni la familia ni los representantes legales son optimistas con lo que pueda suceder en el marco de esa causa. Primero, por el tiempo transcurrido desde el hecho; segundo, por la aparente mala investigación inicial que impidió generar una buena reconstrucción; tercero, porque sobre los acusados ya rige una absolución que es difícil de revertir, salvo que se evidencien vicios graves en ese procedimiento.
Lo otro que queda pendiente en la Justicia local es la investigación interna contra el juez Rafael Scott por los aparentes errores graves que tuvo durante esa instrucción. En 2008 había recibido un apercibimiento administrativo.
La vía administrativa puede incluir un llamado de atención, la suspensión por días (el máximo es de 6 meses) y en un escenario más grave una destitución en el marco de un jury de enjuiciamiento. Lógicamente, también una desestimación del expediente. En cualquier caso, todo queda en el legajo. Sin embargo, ese trámite no había avanzado hasta el momento. Está en manos de la Dirección de Derechos Humanos de la Corte.
Aún así, el abogado contó que la familia ha recibido esta sentencia como una reparación luego de tantos años. Principalmente para Stella Maris, la madre de Zambrano que hasta fue detenida en aquellos primeros días de abril de 2000, cuando un preso declaró que Zambrano estaba vinculado, junto a ella, a una asociación ilícita.
