El debate por la futura aplicación de las elecciones provinciales Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias ha dejado en evidencia la situación de muchas normas que fueron sancionadas en la Legislatura, pero que por algún motivo no pueden ser implementadas. A pesar de que las PASO se aprobaron por unanimidad y fueron aplaudidas por oficialistas y opositores, ahora se debate acerca de la necesidad de reglamentar la norma para que pueda ser operativa. Aunque muchos lo desconocen, algo similar ocurre con otras leyes que tuvieron mucha exposición mediática.
Mientras que en el Ejecutivo atribuyen esta situación a problemas técnicos o presupuestarios que impiden su aplicación, algunos legisladores de la oposición afirman que se debe a una falta de voluntad del partido gobernante. Como publicó El Sol el último martes respecto Programa Tecnológico de Control de Penados y Procesados, en algunos casos la falta de tecnología se convierte en un obstáculo difícil de sortear.
Seguridad en taxis y remises. La ley 8617 dispone la obligatoriedad de la instalación de sistemas de seguridad en todas las unidades del parque móvil de taxis y remises. A pesar de que el plazo de 180 días para instalar cámaras, mamparas y sistemas de posicionamiento satelital ya se ha vencido, aún resta mucho para que la flota de vehículos cumpla con los mecanismos de seguridad dispuestos en la normativa. El Ministerio de Transporte ya reglamentó su aplicación y estableció la nómina de vehículos aptos para la colocación de mamparas. Sin embargo, aún se está trabajando en un decreto de adecuación y en Casa de Gobierno admiten que existen problemas técnicos para aplicar la ley.
Uno de los legisladores que siempre se mostró reacio a aprobar esta norma, que obtuvo su sanción luego del asesinato del taxista José Moreira, fue el diputado por el Frente Renovador Daniel Cassia. Al respecto, justificó su voto en contra de la ley y aseguró que no es viable la aplicación de la misma.
Al igual que en este caso, muchas otras normas referidas a la materia de Seguridad no se están aplicando.
Registro de Estadísticas Delictuales. Al igual que la medición de la inflación realizada por el INDEC, las estadísticas delictivas de la provincia también son cuestionadas. Para que haya mayor transparencia al respecto, la Legislatura aprobó en diciembre del 2010 la creación del Registro Estadístico de Delitos, el cual dependería del Ministerio de Seguridad. El proyecto fue presentado por Cassia, que aseguró que nunca se aplicó por falta de voluntad política del Ejecutivo. “Hay una decisión de no aplicarla, porque no quieren medir las estadísticas” denunció. Por su parte, el presidente de la Bicameral de Seguridad, el diputado radical Héctor Quevedo, también se quejó de la falta de relevamiento de datos.
Ante la consulta de El Sol, desde la Secretaría de Legal y Técnica adujeron que se está trabajando en la modificación de la ley, para que el ámbito de aplicación de esta norma sea el Poder Judicial, que es allí donde manejan la información que servirá como base del registro.
Ley de Talles. En julio del 2013 se aprobó la norma que instaba a los establecimientos comerciales y fábricas de vestimenta a confeccionar indumentaria de acuerdo a una tabla de medidas corporales. El objetivo era garantizar la existencia de todos los talles en los locales de venta. A pesar de que en los últimos meses se ha trabajado para lograr su aplicación, desde el Ejecutivo confesaron que Francisco Pérez aún no ha firmado la reglamentación. De todas maneras, aseguraron que la misma ya ha sido elaborada por el Ministerio de Agroindustria y sólo restaría la rúbrica del gobernador.
La norma fue elaborada por el ex diputado del PD, Hugo Babolené, que destacó que la misma apunta a evitar problemas de salud, sobre todo en jóvenes y adolescentes. “Hay que destacar que en los últimos meses se ha trabajado en la concientización de la sociedad”, sostuvo Bobolené, que afirmó que de aplicarse la ley, Mendoza será la primera provincia en la que se haga.
Programa del Conductor Designado. La cantidad de jóvenes fallecidos en accidentes de tránsito ha encendido la alarma en la provincia. Además de las campañas publicitarias y de concientización se han realizado controles especiales, en fechas como el Día del Amigo o el Día de la primavera. Sin embargo, a seis meses de que se aprobara el programa de Conductor Designado, aún no se implementa lo que dispone la norma.
La misma tiene por objetivo hacer que jóvenes y adultos tomen conciencia de los riesgos y consecuencias que implica el conducir en estado de ebriedad. Para ello dispone, entre otras cosas, instalar de forma rotativa controles de alcoholemia y stands del Ministerio de Salud en la puerta de los boliches y otorgarle beneficios a los conductores designados, identificados con un brazalete. Los mismos consistirían en descuentos en bebidas sin alcohol, entradas gratis o con descuentos a lugares bailables, órdenes de compra, viajes, u otros obsequios.
Jesús Riesco, diputado del PD y autor del proyecto,señaló que no se trata de una ley con alta complejidad técnica, pero el Ministerio de Salud aún está trabajando en la logística para su aplicación. “Me llama la atención, porque no era difícil de implementar, pero no se está haciendo como dice la ley”, criticó el legislador.

Colectivos en las elecciones y prohibición de pirotecnia. Por último, otras leyes que supieron ocupar espacio en los medios de comunicación pero cuyos resultados no fueron palpables son la 8585 y la 8632.
La primera de ellas fue ideada por la ex senadora Alejandra Naman y establece que el transporte público debe ser gratuito para los votantes durante las jornadas electorales. A pesar de que se aprobó antes de las elecciones Primarias que se desarrollaron en el año 2013, no se pudo aplicar. Tampoco estuvo reglamentada para los comicios de octubre del 2013, en los cuales los mendocinos votaron a sus representantes legislativos.
Su reglamentación ya no es urgente, ya que las próximas elecciones serán en agosto del 2015, pero desde el Ejecutivo aseguran que para ese entonces estará operativa. “Fue concebida pensando, sobre todo, en habitantes rurales que tienen complicaciones para trasladarse a la escuela en la que deben votar”, señaló Naman.
Por su parte, la ley 8632 también cuenta con un condimento temporal. Se trata de la norma que prohibe la utilización, tenencia, acopio y exhibición para la venta de artículos de pirotecnia y cohetería. Esta actividad suele desarrollarse, principalmente, en vísperas de las fiestas de Navidad y Año Nuevo.
La norma establece que quien expenda o venda al público en general, bajo cualquier modalidad de contratación, pirotecnia y/o cohetería de uso prohibido, “será pasible de siete (7) días de arresto, pago del importe equivalente a quince (15) días multa, decomiso de la pirotecnia y/o cohetería que se encuentre en su poder y clausura del establecimiento de hasta ciento ochenta (180) días”. La ley se sancionó el 17 de diciembre del 2013, pero no se aplicó durante las fiestas de ese año. Su publicación en el Boletín Oficial tuvo lugar el 1 de enero del 2014, por lo que su aplicación aún es una incógnita. Al respecto, el Ejecutivo provincial aclaró que esta ley no requiere reglamentación, por lo que ya está vigente.
