La Administración de Parques Nacionales resolvió la cesantía del agente Federico Soria, quien prestaba funciones en el Parque Nacional El Leoncito, en San Juan. La decisión fue adoptada tras una extensa investigación administrativa que reveló múltiples irregularidades durante el usufructo de una licencia médica por tratamiento psiquiátrico. Soria había participado de una marcha que terminó en incidentes en Uspallata, manifestándose en contra de la minería.
Según el sumario, iniciado a raíz de informes internos y evidencia pública, Soria utilizó una licencia médica de largo tratamiento desde marzo de 2023.
Sin embargo, durante este período, fue identificado en actividades que contradicen el cuadro clínico invocado: participó en manifestaciones públicas en la localidad mendocina de Uspallata, llevó adelante tareas de construcción, y ofreció servicios turísticos como guía de montaña; además de ser parte de la marcha que terminó con violencia en esa localidad.
El agente fue objeto de una causa penal por amenazas coactivas, situación que incluyó una breve detención en abril de 2025. Estas circunstancias, según las autoridades, representan una “grave afectación a la buena fe” que debe regir la relación laboral en la administración pública.
La resolución del Directorio de Parques Nacionales destaca que Soria mantuvo una vivienda oficial en El Leoncito hasta septiembre de 2024, pese a residir y desarrollar actividades económicas en Mendoza sin notificar formalmente el cambio de domicilio, otro incumplimiento a la normativa vigente.
Desde el organismo se remarcó que no se cuestiona la validez de la licencia médica otorgada, sino el abuso que se hizo de ella. “Ha quedado fehacientemente acreditado que el agente desarrolló actividades físicas y sociales de alta exigencia, incompatibles con su condición médica declarada”, sostiene la resolución.
Soria se negó a declarar durante la audiencia indagatoria y rechazó las acusaciones en términos generales. Posteriormente, presentó notas en las que alegó persecución institucional, pero no aportó pruebas sustanciales que revirtieran las conclusiones del sumario.
La sanción de cesantía fue decidida conforme a la Ley Marco de Empleo Público y al Código de Ética de la Función Pública. La Administración de Parques Nacionales enfatizó que, si bien no se detectó un perjuicio fiscal directo, las acciones del agente provocaron un daño a la imagen institucional y a los valores del servicio público.
