El Ministerio de Hacienda, a cargo de Víctor Fayad, emitió este martes el decreto 2586, en el que se establecen las nuevas reglamentaciones para la entrega de viáticos a los funcionarios del Poder Ejecutivo. El documento detalla diferentes esquemas de gastos para los viajes oficiales según la jerarquía de sus miembros.
El decreto, que cuenta con la firma del gobernador Alfredo Cornejo y de sus siete ministros, establece que el Régimen de Viáticos se enmarca en el Artículo 67 (contratación directa) de la Ley de Presupuesto N.º 9.497. Los montos fijados parten de un total equivalente a 20 veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Según el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, el sueldo básico en octubre es de 271.571,22 pesos. En los últimos días, este organismo y la CGT no lograron llegar a un acuerdo para aumentar dicha base salarial, por lo que el Gobierno de Javier Milei determinará un nuevo monto.
En cuanto a la entrega de viáticos, la cartera que conduce Fayad dividió los gastos en dos categorías según la jerarquía de los funcionarios. El primer nivel recibirá el 3% del total de 20 salarios mínimos, es decir, unos 162.942,72 pesos. Para el segundo nivel, el porcentaje será del 2%, lo que equivale a 108.628,48 pesos.
Cabe aclarar que dichos montos podrán ir variando producto a las actualizaciones que el salario mínimo, vital y móvil pueda tener durante el transcurso del año.
Nivel Jerárquico I
- Gobernador.
- Vicegobernador .
- Ministros del Poder Ejecutivo o cargos equivalentes.
- Asesor de Gobierno.
- Fiscal de Estado.
- Presidente y Vocales del Honorable Tribunal de Cuentas.
- Contador General de la Provincia.
- Tesorero General de la Provincia.
- Otros cargos con rango similar a crearse.
Nivel Jerárquico II
- Subsecretarios del Poder Ejecutivo u otros cargos similares.
- Secretario Relator y Director General de Cuentas del Honorable Tribunal de Cuentas.
- Jefes o Coordinadores de Gabinete.
- Directores y Asesores hasta la clase 76 inclusive.
Viáticos por viajes
Según el decreto 2586, el concepto de viático incluye los gastos de comida, traslado y gastos personales que genere la misión oficial, excluyendo los gastos de alojamiento y pasajes. Estos viáticos se aplican cuando el funcionario realiza tareas en un lugar alejado de su domicilio habitual.
Si la misión oficial implica pernocte y abarca un periodo igual o mayor a 28 horas, se liquidará un 60% adicional sobre el viático. En este caso, el gasto estimado es de 97.765,63 pesos para el Nivel I y 65.176,80 pesos para el Nivel II.
Cuando la misión oficial se realice fuera de la provincia sin pernocte se liquidará el 60% del viático si la duración es de hasta ocho horas. Si supera este tiempo, se liquidará el 80%, lo que equivale a 130.353,60 pesos para el Nivel I y 86.902,40 pesos para el Nivel II.
En los casos en que la misión oficial se desarrolle en lugares donde se facilite la comida, se otorgará el 50% del viático. Esto representa 81.471,36 pesos para el Nivel I y 54.314,24 pesos para el Nivel II.
El decreto también especifica que, si los funcionarios de niveles jerárquicos inferiores acompañan a sus superiores, se liquidarán los viáticos del nivel superior. Además, si el importe liquidado no cubre los gastos reales y razonables, el funcionario podrá solicitar el reintegro presentando los comprobantes correspondientes.
Esta rendición deberá realizarse dentro de las 72 horas posteriores a la finalización del viaje o la misión oficial. Por otro lado, el Ejecutivo se exime de responsabilidad por daños, robos o cualquier perjuicio que pudiera ocurrir en el vehículo utilizado durante la misión oficial, así como de sus acompañantes.
Por último, el documento precisa, en casos que las misiones oficiales utilice vehículos oficiales, solo se le liquidarán los gastos de combustible (reemplazando el pasaje), con cargo a rendir cuentas y en función de los kilómetros a recorrer, relacionados directamente con el cumplimiento del viaje.
Excepciones al régimen
Quedan exceptuados del presente régimen:
- Personal de inspectores y sobrestantes afectados a obras públicas.
- Personal de la Dirección Provincial de Vialidad.
- Inspectores y/o fiscalizadores de otros organismos o reparticiones estatales.
- Personal de las Policías de Mendoza.
