La caída en los recursos que tendrá la provincia como consecuencia de la modificación del Impuesto a las Ganancias -cuya derogación está incluida en la Ley Ómnibus que envió Javier Milei al Congreso- y la baja en la recaudación producto de la caída del consumo, obligó a Alfredo Cornejo a reducir los gastos de la provincia.
Por este motivo, a través del Decreto Acuerdo 487/2023, que entrará en vigencia el primero de marzo, todos los ministerios deberán, como mínimo, alcanzar un ahorro del presupuesto.
Además, el decreto detalla la continuidad automática, desde el 1 de enero hasta el 29 de febrero de 2024, de las prestaciones de servicios y los contratos de locación.
El mandatario provincial se refirió a la Ley 9501, se disminuyó la cantidad de ministerios y secretarías, “lo que producirá fusiones y transferencias de distintos organismos públicos en materia de personal y presupuesto”.
Retenciones al vino: Vargas Arizu cosechó un no, pero también una promesa
Pasadas las 16, el ministro de Producción de Mendoza, Rodolfo Vargas Arizu se reunió con el director de Bioeconomía de la Nación, Fernando Vilella, para pedir la baja a las retenciones del vino. La respuesta por parte del Ejecutivo nacional fue…
La idea del oficialismo es que el personal esté en los lugares que se disponga para atender “las reales necesidades de los contribuyentes” con el objetivo de lograr mayor eficiencia en el cumplimiento de las políticas públicas.
Por otra parte, aquellos ministerios que no cumplan con este pedido deberán no sólo tener autorización explícita del mandatario, sino que deberá justificar las excepciones en cada caso.
Además, pondrá la lupa en los agentes interinos, y contratados en planta temporaria, y a quienes se encuentren percibiendo cualquier tipo de adicional y suplementos, y a los contratados bajo los sistemas de Locación de Obras o Servicios y honorarios.
“La continuidad automática dispuesta en los artículos precedentes será efectivizada en idénticas condiciones, horarios, honorarios habituales, funciones u otros requisitos, según corresponda, que las vigentes al 31 de diciembre de 2023. La misma requerirá de la efectiva prestación de servicios personales bajo las distintas modalidades comprendidas en la presente norma legal, salvo que la persona renuncie expresamente o que los ministros o secretarios del Poder Ejecutivo, como asimismo las autoridades superiores de los entes descentralizados, dispongan modificaciones o el cese de las adscripciones y prestaciones”, indica una parte de la norma.
Por otra parte, a través del decreto 3103, el gobernador autorizó un aumento del 20% para el mes de diciembre de 2023 para aquellos que trabajen del Estado que no estaban incluidos en acuerdos paritarios.
De esta manera, se verán beneficiados los que se encuentren bajo la siguiente modalidad de contratación:
- Contrato de Locación de Obras o Servicios, Honorarios determinados en horas Módulo Deportivo o cualquier otra forma de contratación.
- Que se encuentren financiados con Rentas Generales (Financiamiento 000) o con Recursos Afectados de origen provincial, quedando exceptuados aquellos casos financiados con el financiamiento 18 – Aranceles por Servicio de Salud
- Para el caso de otras Entidades (Carácter 5) cualquiera sea su financiamiento, el incremento podrá otorgarse en la medida que lo permita la efectiva recaudación de sus recursos.
