Foto: Prensa Gobierno de Mendoza.

El Gobierno de Mendoza presentó en la Legislatura un proyecto de ley para modificar el régimen disciplinario de los empleados de la Administración Pública. La propuesta busca reducir los tiempos de las investigaciones, reforzar el control del ausentismo y simplificar los procedimientos para aplicar sanciones, incluidas las cesantías.

La iniciativa plantea sustituir íntegramente el anexo de la Ley 9.103, que actualmente contiene 39 artículos, por un nuevo cuerpo normativo de 56.

Entre sus principales cambios se encuentran la posibilidad de disponer determinadas cesantías mediante un procedimiento especial, la creación de responsables de presentismo en cada repartición y la incorporación de notificaciones digitales y audiencias virtuales.

Además, el proyecto otorga autonomía técnica y funcional a la Oficina General de Sumarios (OGS), que podrá iniciar investigaciones de oficio cuando tome conocimiento de posibles faltas administrativas.

Según los fundamentos oficiales, la reforma responde a la experiencia acumulada desde la entrada en vigencia de la normativa actual y apunta a reducir los tiempos y costos de los procedimientos disciplinarios.

Cesantías sin sumario ordinario

Una de las modificaciones centrales del proyecto es la creación de un procedimiento especial para aplicar cesantías cuando existan determinadas causales objetivas, acreditadas mediante registros oficiales o actos administrativos firmes.

Actualmente, estas situaciones requieren la tramitación de un sumario ordinario. Con la reforma, el Ejecutivo propone una vía directa para tres supuestos: más de seis inasistencias injustificadas en seis meses; abandono de servicio, configurado por más de cinco ausencias consecutivas después de una intimación; y acumulación de 30 o más días de suspensión firme durante un período de 12 meses.

En estos casos, la administración podrá avanzar sin abrir un sumario ordinario completo. Sin embargo, el procedimiento deberá contemplar una instancia de defensa: el agente dispondrá de diez días hábiles para presentar su descargo y ofrecer pruebas.

La iniciativa también amplía el catálogo de conductas que pueden derivar en una cesantía. Entre las nuevas causales figuran la presentación de certificados médicos falsos, la declaración judicial de quiebra y la existencia de una sentencia condenatoria firme por un delito doloso o culposo con pena de prisión de cumplimiento efectivo.

Más control del ausentismo

Otro de los ejes de la reforma es el seguimiento de la asistencia de los empleados públicos. El proyecto crea la figura del Responsable Administrativo de Presentismo (RAP), que deberá funcionar en cada repartición. Su tarea será controlar y mantener actualizados los registros de asistencia, además de informar cuando se detecten situaciones que puedan configurar una causal objetiva de cesantía.

Paralelamente, la Dirección Provincial de Recursos Humanos recibirá facultades de auditoría e inspección. También podrá iniciar de oficio actuaciones sancionatorias relacionadas con el ausentismo.

Con este esquema, el Gobierno busca que el control de asistencia no dependa exclusivamente de la apertura de investigaciones disciplinarias, sino que exista un seguimiento permanente desde cada organismo.

La Oficina General de Sumarios podrá investigar de oficio

La propuesta modifica el funcionamiento de la Oficina General de Sumarios, a la que define como un órgano desconcentrado con autonomía técnica y funcional.

La principal novedad es que podrá iniciar de oficio informaciones sumarias y sumarios administrativos cuando tome conocimiento de posibles irregularidades. De esta manera, ya no necesitará esperar que la repartición donde trabaja el agente remita formalmente un expediente.

Además, todos los organismos y funcionarios públicos tendrán la obligación de colaborar directamente con sus requerimientos. El plazo general para entregar documentación o responder solicitudes será de diez días, y las demoras o negativas injustificadas podrán motivar la apertura de nuevas actuaciones disciplinarias.

Las faltas leves se resolverán en cada repartición

El proyecto establece una nueva distribución de responsabilidades según la gravedad de la infracción. Las faltas leves, que pueden derivar en apercibimientos o suspensiones de hasta cinco días, serán investigadas y resueltas directamente por el organismo donde trabaja el agente, sin necesidad de intervención de la Oficina General de Sumarios.

La OGS concentrará los expedientes de mayor gravedad o complejidad. Según la propuesta, esta división permitirá evitar que las investigaciones menores ocupen recursos destinados a procedimientos más extensos. En todos los casos deberá garantizarse el derecho de defensa del trabajador.

Notificaciones por WhatsApp

La digitalización constituye otro de los cambios previstos en el proyecto. El Gobierno propone que las notificaciones y citaciones se realicen prioritariamente a través de la plataforma Mendoza por Mí (MxM), el correo electrónico y aplicaciones de mensajería, como WhatsApp.

La utilización de estos medios deberá permitir acreditar el envío, la recepción y el contenido de las comunicaciones. También se habilitarán las audiencias e indagatorias virtuales, que deberán ser grabadas e incorporadas al expediente digital.

El objetivo es reducir los tiempos asociados a las notificaciones presenciales y facilitar la participación de agentes y testigos sin necesidad de trasladarse físicamente a las dependencias administrativas.

Plazos para las investigaciones y sanciones por demoras

La reforma introduce cambios para evitar que los expedientes permanezcan paralizados. Las informaciones sumarias tendrán un plazo de 30 días, con posibilidad de una única prórroga de otros 30 días cuando existan circunstancias excepcionales debidamente fundamentadas.

Además, se establece una consecuencia expresa para las demoras de la Junta de Disciplina. El organismo conservará un plazo de diez días para emitir su dictamen, prorrogable por otro período igual, pero perderá automáticamente su competencia si no se pronuncia dentro del término establecido.

En ese supuesto, las actuaciones deberán remitirse inmediatamente a la autoridad encargada de adoptar la resolución definitiva.

El proyecto