El Ministerio de Capital Humano aclaró que el refuerzo económico destinado a quienes cobran la Ayuda Escolar Anual no consiste en una suma fija de $85.000 para todos los beneficiarios. Según precisaron desde la cartera nacional, el monto final se determina de manera proporcional en función de lo que cada titular ya percibe por la asignación escolar.
En concreto, el extra surge de calcular la diferencia entre el tope establecido de $85.000 y el valor que cada beneficiario recibe por la prestación habitual. De esta manera, el Estado completa ese monto para garantizar que todos los alcanzados por la medida lleguen a ese piso mínimo en el comienzo del ciclo lectivo.
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La aclaración fue oficializada este martes mediante la Resolución 78/2026 del Ministerio de Capital Humano, publicada en el Boletín Oficial. El documento ratifica el carácter extraordinario de esta compensación definida previamente por el Poder Ejecutivo.
En el texto se detalla que se otorgará “un refuerzo adicional por un monto equivalente a la diferencia entre $85.000 y el valor que surja de la determinación de la referida asignación”. Además, se especifica que el pago del refuerzo se realizará una única vez por beneficiario, en el mismo mes en que se cobre la asignación principal.
Quiénes pueden acceder al beneficio
El beneficio alcanza a trabajadores en relación de dependencia, monotributistas, beneficiarios de la Ley de Riesgos de Trabajo y del Seguro de Desempleo. También incluye a jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), así como a titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación por Embarazo.
Por último, el Ministerio de Capital Humano indicó que el refuerzo tendrá vigencia para el ciclo lectivo 2026, desde marzo y hasta el próximo pago masivo de la Ayuda Escolar Anual.
Qué deben hacer quienes no fueron incluidos
El pago automático solo alcanza a quienes presentaron el Certificado de Escolaridad el año anterior y tienen el vínculo familiar validado. Si el sistema detecta una inconsistencia o falta de acreditación de asistencia a clases, el pago se detiene.
Cómo es el trámite para destrabar el pago
Para recibir el dinero, es obligatorio presentar el Certificado de Escolaridad (Formulario PS 2.68). Una vez que ANSES procesa la carga del documento, el depósito se realiza en un plazo de 60 días.
- Descargá el formulario: buscá el PS 2.68 en la web de ANSES o retiralo en una oficina.
- Llevalo a la escuela: debe estar firmado y sellado por las autoridades del establecimiento educativo.
- Subilo a Mi ANSES: entrá con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social, sección “Hijos” > “Presentar Certificado Escolar”.
- Presencial: también podés llevarlo a una oficina de ANSES sin turno previo.
Importante: aunque el pago de marzo ya pasó, tenés tiempo de presentar el certificado durante todo el ciclo lectivo para cobrar el retroactivo.
Requisitos para cobrar la Ayuda Escolar
- Hijos: deben tener entre 45 días y 17 años inclusive.
- Discapacidad: no hay límite de edad, pero se debe contar con la autorización para el pago de asignaciones por discapacidad vigente.
- Institución: el menor debe asistir a establecimientos de enseñanza pública o privada reconocida oficialmente.
