Luis Juez.

El senador nacional Luis Juez demandará a la vicepresidenta Cristina Fernández Kirchner si el viernes, pese al fallo de la Corte Suprema de la Nación, nomina a Martín Doñate para integrar el Consejo de la Magistratura.

El máximo tribunal anuló el decreto parlamentario de la ex mandataria que forzó la partición del bloque del Frente de Todos para colocar tres representantes del Senado. Con esa decisión, Doñate debe dejar el organismo. Esta fue la respuesta judicial al recurso presentado por el legislador cordobés, quien debe asumir como consejero.

Juez aseguró que cumplieron con todos los pasos hasta obtener el dictamen de la Corte “para que ahora esta mujer se pase por el traste la decisión; es incumplimiento, deberes de funcionario público, desobediencia a un fallo y abuso de autoridad”, dijo a La Nación.

El senador, que demandará a la vicepresidenta por incumplimiento de los deberes de funcionario público, abuso de autoridad y desobediencia de un fallo judicial, afirmó: “No llegamos al Senado para tener temor, miedo y pánico; para paralizarnos ante los atropellos de Cristina Kirchner. Me pone incómodo que desconozcan una sentencia que dice claramente cómo es la cuestión”.

Tras el fallo de la Corte, el kirchnerismo dio a entender que no lo acataría. “Es inaplicable porque la Corte no puede decidir ni intervenir en la conformación de los bloques dentro del Senado”, indicaron desde la bancada del Senado, y plantearon que el juez Horacio Rosatti “no puede fallar en un tema en el cual es juez y parte, ya que él mismo preside el Consejo de la Magistratura”.

Corte Suprema de Justicia.

Para Juez, “la Corte Suprema les insiste en que hay un mecanismo que deben respetar, no pueden simular un mecanismo que es falso y cambiar las reglas cuando quieran”.

El fallo del tribunal afirmó que el accionar de Cristina Kirchner “constituye un apartamiento de las reglas que esta Corte estableció en su sentencia del 16 de diciembre para la conformación de un órgano constitucional como es el Consejo de la Magistratura”.

“También contradicen las exigencias de equilibrio y complementariedad propios del principio de colaboración sin interferencias entre órganos constitucionales al desnaturalizar los imperativos constitucionales, legales y jurisprudenciales a los que debe sujetar el ejercicio de su prerrogativa, a la par que desconoce el principio de buena fe, cardinal en las relaciones jurídicas”, agregó la Corte.

Fuente: La Nación.