El arma secuestrada, una Glock calibre 22 y municiones calibre 40, algunas punta hueca.

Una discusión de pareja en el Parque General San Martín terminó dando origen a dos actuaciones judiciales: una por un episodio de violencia de género y otra por la presunta portación ilegal de un arma de fuego. Sin embargo, esta última causa quedó anulada este lunes luego de que una jueza considerara que los policías no estaban habilitados para abrir la camioneta donde encontraron la pistola.

El procedimiento, según la resolución a la que accedió El Sol, no estuvo respaldado por una orden judicial ni por motivos suficientes que permitieran avanzar de esa manera.

Todo comenzó el 2 de agosto, cerca de las 17.40, cuando efectivos de la Unidad Policial Parque fueron desplazados por el CEO hasta las inmediaciones de calles Las Viscacheras y Los Abetos, a raíz de una discusión entre una joven pareja de turistas oriunda de Buenos Aires.

Los policías entrevistaron por separado a los dos involucrados. La mujer, de 22 años, manifestó que había discutido con su novio, de 25, y denunció que había sido amenazada y que le había tirado del cabello. También explicó que los conflictos venían de días anteriores y que quería retirar sus pertenencias de la camioneta. El acta dejó asentado que no presentaba lesiones visibles.

Ambos se habían alojado en el hotel Diplomatic y llevaban algunos días en Mendoza.

Los efectivos consultaron entonces al Ministerio Público Fiscal y recibieron instrucciones diferentes para cada integrante de la pareja: el hombre fue trasladado a la sede de Es.Tra.D.A. (Estación Transitoria de Detenidos y Aprehendidos) mientras que la mujer fue llevada al Polo Judicial para radicar la denuncia por violencia de género.

La camioneta, una VW Amarok verde V6, quedó cerrada y estacionada frente al comercio Las Viscacheras. Hasta ese momento, la actuación policial estaba vinculada con la situación de maltratos denunciada.

La situación cambió cuando los policías regresaron al lugar para hacerse cargo del vehículo. Allí entrevistaron a un encargado del comercio, quien les manifestó que, antes de la llegada de los primeros uniformados, había observado al hombre agacharse y esconder algo en la parte trasera del rodado. Los uniformados fueron hasta ese sector y encontraron las llaves de la Amarok.

Con un testigo presente, decidieron abrirla para trasladarla en calidad de guarda. Fue entonces cuando, apenas abrieron la puerta, observaron una pistola negra en el compartimento de la puerta del conductor.

El hallazgo derivó en una nueva intervención fiscal, esta vez en Flagrancia. La Policía Científica fue convocada, aunque finalmente informó que no concurriría al lugar porque no consideraba que existiera una escena del crimen que requiriera sus medidas.

La Juliana Labayrú dispuso entonces que la camioneta quedara secuestrada y que se detallaran en el acta todos los elementos encontrados en su interior. El arma fue posteriormente identificada como una Glock calibre 22 Gen 5 y estaba cargada con siete municiones, además de contar con una luz táctica y un láser. La pericia balística determinó que era apta para efectuar disparos y que correspondía a un arma de fuego de guerra de uso civil condicional.

El problema para la acusación apareció en la audiencia judicial. La defensa, ejercida por Fernanda Riquelme y Pablo Ortiz, planteó la nulidad de la requisa y del secuestro del arma. El argumento fue concreto: cuando los policías decidieron abrir la camioneta, el hombre ya había sido trasladado y la mujer estaba siendo llevada para realizar la denuncia por violencia de género.

Nadie había observado al sospechoso amenazar a la mujer con un arma y, para los defensores, tampoco existía una situación de flagrancia que habilitara a los efectivos a ingresar al vehículo por su propia decisión.

La discusión se concentró así en una cuestión que excedió el hallazgo del arma: qué podía hacer la Policía con una camioneta cerrada que había quedado en el lugar. La defensa sostuvo que, si los efectivos habían consultado al Ministerio Público sobre cómo proceder frente al relato de violencia de género, debían haber hecho lo mismo antes de abrir el vehículo.

El artículo 221 del Código Procesal Penal de Mendoza exige un decreto fundado para disponer una requisa cuando existen motivos suficientes para presumir que una persona oculta elementos vinculados con un delito, bajo pena de nulidad.

La jueza Martina Hertlein, integrante del Juzgado Penal Colegiado N° 1 de Mendoza, hizo lugar al planteo. En su sentencia de este lunes, sostuvo que el registro y el secuestro no habían sido realizados legítimamente. Por esa razón declaró la nulidad del procedimiento que permitió encontrar y secuestrar el arma.

La consecuencia fue directa: al quedar invalidada la medida que permitió incorporar el arma a la causa, la magistrada dispuso el sobreseimiento del imputado por el delito de portación ilegítima de arma de fuego de guerra atenuada. También ordenó archivar el expediente.

El fallo puso el foco en un límite concreto de la actuación policial. Que un efectivo sospeche que puede haber un elemento de interés dentro de un vehículo no significa, por sí solo, que pueda abrirlo para comprobarlo.

En este caso, la jueza entendió que los elementos reunidos antes de la apertura de la camioneta no alcanzaban para justificar esa medida y que debió existir una habilitación judicial o una situación legal que permitiera prescindir de ella.

La resolución también tomó como referencia jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza y antecedentes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, según surge del planteo de nulidad incorporado al caso.

Así las cosas, una causa que comenzó por una denuncia de violencia de género terminó teniendo un segundo capítulo de compulsa en el Polo Judicial: el arma efectivamente estaba dentro de la camioneta y la pericia confirmó que era apta para disparar, pero la jueza de primera instancia consideró que la forma en que la Policía llegó hasta ese hallazgo no fue legal. Y sin un procedimiento válido, el hallazgo no pudo sostener la acusación por portación ilegal.

Lo que sí, de acuerdo con las fuentes que relataron cómo fue este hecho ocurrido hace poco más de un mes, el joven bonaerense fue condenado a seis meses de cárcel por violencia de género y quedó en libertad.