En un sorpresivo mensaje a través de Twitter, el senador provincial y ex intendente de Maipú, Alejandro Bermejo, respaldó al diputado nacional Omar de Marchi, en su pedido de modificar el artículo 152 de la constitución provincial.
Bermejo destacó la propuesta que promueve el referente del PRO en Mendoza para reformar el artículo 152 de la Carta Magna provincial, que establece los requisitos para poder ser elegido como ministro de la Suprema Corte de Justicia.

La propuesta pretende agregar a los requisitos el no encontrarse afiliado a un partido político, ni haber sido intendente, concejal, senador o diputado en los últimos 5 años.
Bermejo, destacó la importancia de “incluir condiciones de elegibilidad de los ministros más estrictas, consolidarían una justicia independiente“.
que necesitan los mendocinos.
Incluir condiciones de elegibilidad de los Ministros más estrictas consolidarían una Justicia Independiente.— Alejandro Bermejo (@AleBermejoMza) September 29, 2022
El ex intendente de Luján de Cuyo, había celebrado que fuera finalmente la corte la que presentara un proyecto en consenso por todos los integrantes de la corte.
En un hilo de Twitter, destacó la importancia de haber sido firmes en la Comisión de Legislación de la Cámara de Diputados para no votar un proyecto de reforma que no venía con unanimidad desde la misma justicia.
Viene ahora la reforma del artículo 152 de la Constitución de Mendoza, para mejorar las condiciones de elegibilidad de Ministros de la Corte, evitando la manifiesta pertenencia partidaria de futuros jueces.
La independencia del Poder Judicial es la base de la República.
🇦🇷🇦🇷🇦🇷— Omar De Marchi (@omardemarchi) September 28, 2022
El artículo 152 de la constitución dice que “para ser miembro de la Suprema Corte y procurador de ella se requiere:
1 – Haber nacido en territorio argentino o ser hijos de padres nativos, habiendo optado por la ciudadanía de sus padres, si hubiere nacido en territorio extranjero.
2 – Haber cumplido 30 años de edad y no tener más de 70.
3 – Ser abogado con título de universidad nacional y con 10 años de ejercicio de la profesión u 8 de magistratura”.
