La Justicia Federal de Mendoza condenó a la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) a pagar una indemnización de más de 1,8 millones de pesos, más intereses, a un motociclista que sufrió un accidente tras golpear un pozo de grandes dimensiones sin señalizar en el Acceso Este. El fallo -del juez Pablo Quirós- determinó la responsabilidad objetiva del organismo estatal por la falta de mantenimiento y conservación de las rutas nacionales.
El hecho ocurrió el 27 de marzo de 2023, cerca de las 13.00, cuando el damnificado circulaba en su motocicleta Honda GLH 150 por el carril central del Acceso Este, a la altura aproximada del kilómetro 1040, en el departamento de Guaymallén. Al intentar realizar una maniobra para cambiarse al carril derecho, se topó de forma imprevista con un bache de gran tamaño. El hecho ocurrió cuando el Acceso Este era jurisdicción de Nación. En la actualidad, ese tramo ya no es parte de la Ruta 7 y se denomina Ruta Provincial 22.
Según consta en el expediente judicial, el pozo medía aproximadamente 1,25 metros de largo, 15 centímetros de ancho y 7 centímetros de profundidad, y carecía de cualquier tipo de señalización preventiva. El impacto directo contra esta irregularidad de la calzada provocó el reventón de la cubierta trasera y la desestabilización inmediata del rodado. Aunque el conductor logró maniobrar con extrema dificultad para detenerse sobre la banquina, la fuerte desestabilización y la pérdida de control pusieron en peligro su integridad física, provocando daños materiales críticos en el vehículo.
La motocicleta afectada era un rodado prácticamente nuevo: había sido entregada apenas cinco días antes del siniestro y registraba solamente 316 kilómetros recorridos al momento del impacto. Como consecuencia del violento choque contra el asfalto deteriorado, el rodado sufrió severos daños en su rueda trasera, llantas y en los sistemas de suspensión delantera y trasera.
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Frente al reclamo judicial, Vialidad Nacional intentó eludir su responsabilidad civil argumentando que el siniestro se había debido a la supuesta conducción imprudente y al exceso de velocidad de la víctima. Sin embargo, la Justicia descartó de plano esta defensa. El peritaje mecánico oficial determinó que la velocidad de circulación no fue el factor desencadenante, atribuyendo la causa exclusiva del accidente al pésimo estado de conservación de la calzada. Asimismo, el Juzgado Administrativo de Tránsito de Guaymallén ya había absuelto previamente al conductor, concluyendo que el pozo representaba un “riesgo extra a la circulación” insalvable para cualquier conductor.
El Juzgado Federal de Mendoza N°2 remarcó que, de acuerdo con la Ley de Responsabilidad del Estado, la responsabilidad de la administración pública es directa. El tribunal recordó que Vialidad Nacional tiene el deber “insoslayable” de mantener las rutas en condiciones seguras de transitabilidad y de advertir de inmediato cualquier anomalía mediante la correspondiente señalización vial.
“La omisión es causal cuando la acción esperada hubiere probablemente evitado el resultado”, sostiene el fallo judicial citando doctrina especializada, argumentando que si Vialidad hubiese bacheado a tiempo la calzada o, al menos, colocado cartelería de advertencia, el conductor habría podido adecuar su marcha y esquivar el peligro. Además, una inspección ocular realizada en el lugar del hecho corroboró que el tramo presentaba un historial recurrente de grietas, baches y reparaciones superficiales deficientes.
La condena obliga a Vialidad Nacional a abonar la suma principal de $1.844.600 pesos, con más los intereses acumulados desde la fecha del siniestro. Se fijó un valor de daños (calculados a valores de febrero de 2025), para cubrir repuestos originales y mano de obra especializada para el vehículo. También se incluyó otro monto debido a que el damnificado estuvo privado de utilizar su medio de transporte cotidiano durante aproximadamente un mes.
El juzgado, a su vez, determinó una compensación por daño extrapatrimonial (moral). Para esta valoración, la Justicia tuvo en cuenta que la súbita exposición a una situación de altísimo riesgo para su vida, sumado a la frustración de ver destruida una moto recién salida de la concesionaria. El fallo también impuso las costas del proceso judicial a la parte demandada.
