El Gobierno de Mendoza dio otro golpe a los intereses de las entidades que históricamente han cobrado por derechos de autor a las instituciones que pasan música. En este caso, SADAIC y AADI CAPIF no podrán facturarle a las escuelas cuando tengan que realizar sus actos de fin de ciclo. En Mendoza, la Justicia investiga denuncias contra los inspectores de estas instituciones recaudadoras.

La Dirección General de Escuelas determinó que los actos de fin de año como cualquier otro evento que realicen en las escuelas mendocinas, ya sea en el espacio físico que habitualmente ocupan como en otro ámbito habilitado (teatros, salones, centros de congresos, etc.), están exentos del pago de aranceles.

El gobierno escolar, con el apoyo de la Dirección de Defensa del Consumidor, se basaron en la ley nacional 17753 que establece en su artículo 1° inciso b que “será licita y estará exenta del pago de derechos de autor y de los intérpretes que establece el artículo 56 la representación, la ejecución y la recitación de las obras literarias o artísticas ya publicadas, en estos actos públicos organizados por establecimientos de enseñanza vinculados en el cumplimiento de sus fines educativos, planes y programas de estudio, siempre que el espectáculo no sea difundido fuera del lugar donde se realice, y la concurrencia y la actuación de los intérpretes sea gratuita“.

La DGE comenzó a recibir decenas de consultas de escuelas, institutos de enseñanza de danza, de idiomas y universidades, por la nueva normativa y la presión de estas entidades para seguir recaudando, tal como ha pasado con los salones privados de fiestas.

En ningún caso, cuando se trata de muestras programáticas u actos propios del calendario educativo, puede exigírseles el pago de estos aranceles. Si así fuese, es una exigencia irregular pasible de ser reclamada ante Defensa del Consumidor“, aclaró Francisco Mondotte, director general de Asuntos Gubernamentales del Ministerio de Gobierno.

Claudia Ferrari, subsecretaria de Educación, explicó que la reunión sirvió para determinar los aspectos que deben considerarse para la excepción del arancel establecido por SADAIC, AADI CAPIF y otras instituciones relacionadas con los derechos de autor.

Desde la DGE vamos a acompañar a los directores con normativa que orienta la aplicación de la norma legal vigente, de manera que ninguna escuela pague, por ejemplo, para sus actos de fin de ciclo, arancel por derechos de autor y/o interpretación“, afirmó la funcionaria.

Denuncia en Defensa del Consumidor

Es importante mencionar que los establecimientos educativos que hayan sido alcanzados por el cobro de aranceles por derechos de autor deben solicitar la devolución del importe mediante la denuncia en el portal Ventanilla Única Federal.

Los consumidores que requieran asesoramiento personal al respecto consultar hacerlo en las oficinas de Defensa del Consumidor habilitadas en cada departamento de la provincia de Mendoza.

A pesar de la norma nacional, en el Ministerio Público Fiscal se han recepcionado denuncias contra los inspectores de entidades como SADAIC que todavía intentan seguir cobrando aranceles en fiestas privadas.

Desde la Procuración General de la Corte fueron taxativos: se intervendrá judicialmente si los inspectores de esas instituciones presionan o coaccionan para seguir facturando en esos ámbitos privados.

Por su parte, SADAIC defendió su derecho a seguir percibiendo esos cánones por pasar música que tiene copyright.