La Suprema Corte rechazó un recurso de casación que había presentado el ex subsecretario de Trabajo del a Provincia, Alejandro Jofré. De esta forma el máximo tribunal confirmó la condena que el ex funcionario recibió en 2023 por abuso sexual simple reiterado, denunciado por empleadas de esa repartición.
El fallo fue firmado por los ministros Mario Adaro y José Valerio. El tercer integrante, Julio Gómez, se encontraba de licencia.
Tras la condena en marzo de 2023, Jofré interpuso un recurso extraordinario de casación para que se reviera aquel dictamen del juez Luis Correa Llano del Tribunal Penal Colegiado N°2. La condena había sido por dos años y medio en suspenso y la inhabilitación de por vida a ejercer cargos públicos.
Jofré había impugnado aquella sentencia por vicios de procedimiento. Entre otras cuestiones, el ex funcionario argumentó que “con la misma prueba no pudo siquiera imputarse a Jofré por estos hechos y solamente se le recibió declaración informativa, y ello fue porque los hechos innegablemente son confusos y la prueba no permite saber con precisión cómo ocurrieron“.
También cuestionó al juez Correa Llano, al sostener que “todas las dudas que objetivamente existen sobre la mecánica de los hechos fueron superadas por el juez invocando una especie de «comodín» que utilizan los operadores judiciales para dar paso al poder punitivo reclamado por los medios de prensa y grupos de presión, que es la «perspectiva de género» o «violencia contra las mujeres»“.
En otras palabras, que la imparcialidad del magistrado se vio afectada, sobre todo, porque las víctimas presentaron “numerosas contradicciones“.
Tanto Adaro como Valerio coincidieron en rechazar el recurso de casación, porque no desvirtuó la validez de la condena que recibió Jofré.
Adaro entendió que “el juez de la instancia anterior valoró la prueba recolectada siguiendo los estándares internacionales y regionales aplicados en casos de violencia contra la mujer y, en esta tarea, consideró como un elemento de juicio relevante los testimonios brindados por las denunciantes, los que consideró corroborados por distintos elementos periféricos agregadas a las causas”.
Entre ellos, el informe de la Dirección del a Mujer, que señala que “se pudieron observar que éstas padecieron violencia psicológica y sexual por parte del acusado Jofré en el ámbito laboral”.
Por su parte, el procurador General de la Corte, Alejandro Gullé, consideró en un dictamen no vinculante que el recurso presentado por la defensa “no resulta sustancialmente procedente, por lo que corresponde confirmar la sentencia cuestionada” y validó el fallo de Correa Llano, apoyado en la perspectiva de género.
El caso
Alejandro Jofré fue denunciado en diciembre de 2017 por tres empleadas de la Subsecretaría de Trabajo, repartición que estaba a su cargo, quienes aseguraron en la Justicia que el funcionario había realizado varios tocamientos indebidos y sin consentimiento en diversas oportunidades.
La denuncia fue investigada en la Unidad Fiscal de Delitos Contra la Integridad Sexual. En tanto, Jofré presentó su renuncia indeclinable ante el gobernador Alfredo Cornejo en junio de 2018.
La investigación siguió su curso hasta que el 31 de marzo de 2023 el juez Luis Correa Llano del Segundo Tribunal Penal Colegiado lo sentenció a dos años y medio de prisión en suspenso y la inhabilitación para ejercer cargos públicos de por vida por abuso sexual simple.
