La Cámara de Senadores de la Legislatura le dio sanción definitiva y por amplia mayoría a la denominada “Ley Antiaguantaderos”. El proyecto -presentado por el Gobierno provincial y respaldado técnicamente por la ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus– crea el Régimen Provincial de Intervención Preventiva Administrativa sobre Inmuebles con fines de seguridad pública y ciudadana. La norma busca otorgar al Estado una herramienta legal directa para intervenir sobre propiedades abandonadas, deterioradas, usurpadas o que sean utilizadas para la planificación, ocultamiento o comisión de delitos.
La iniciativa, que ya contaba con el aval de la Cámara de Diputados, se convirtió en ley en la Cámara alta con 33 votos afirmativos y solo 2 negativos, por lo que fue remitida formalmente al Poder Ejecutivo para su promulgación.
El texto sancionado toma como precedente el protocolo de intervención administrativa que el Ministerio de Seguridad aplicaba desde octubre de 2025, pero dándole rango normativo. De esta manera, el régimen permitirá adoptar medidas de carácter preventivo, provisional, temporal y proporcional sobre aquellos inmuebles que representen un peligro para la seguridad o la convivencia de la comunidad.
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Facultades de la autoridad de aplicación y medidas posibles
De acuerdo con el articulado de la ley, el Ministerio de Seguridad y Justicia actuará como autoridad de aplicación. A través de resoluciones fundadas, la cartera podrá ordenar intervenciones sobre inmuebles que hayan sido utilizados para el acopio, fraccionamiento o venta de estupefacientes, la planificación de hechos delictivos, o que por su estado de deterioro y abandono signifiquen un peligro real para terceros.
Entre las acciones administrativas habilitadas por la ley se encuentran:
- Tapiado y cerramiento: bloqueo de los accesos a los inmuebles.
- Clausuras: cierre parcial o total de la propiedad.
- Demolición controlada: el derrumbe de sectores o de la totalidad de la estructura cuando razones de seguridad pública lo hagan indispensable.
Desde el articulado de la ley se aclara que estas disposiciones no tienen un propósito sancionatorio ni implican una vulneración al derecho de propiedad. Por el contrario, su objetivo es preservar los inmuebles, evitar que se conviertan en focos de criminalidad y mitigar riesgos para los vecinos.
Procedimiento, resguardo judicial y registro
El procedimiento administrativo requerirá el respaldo de informes técnicos y policiales, actas de constatación, notificaciones formales a los titulares de las propiedades y citaciones, garantizando además el derecho a presentar oposición o solicitar revisiones de la medida. Las actuaciones podrán iniciarse de oficio, por requerimiento de la Justicia o a partir de denuncias de vecinos, municipios u organismos públicos y privados.
A su vez, la norma prevé un esquema de actuación rápida para casos de riesgo grave e inminente. Sin embargo, cuando las propiedades se encuentren habitadas de forma permanente por personas, la situación deberá ponerse a disposición de la Justicia y del Ministerio Público Fiscal, garantizando la intervención del fuero correspondiente al tratarse de derechos que exceden la vía administrativa.
Finalmente, la ley dispone la creación del Registro Provincial de Inmuebles Intervenidos Preventivamente. Se tratará de un padrón de carácter reservado que permitirá a las autoridades realizar un seguimiento exhaustivo sobre las propiedades alcanzadas por el régimen, buscando recuperar el control estatal sobre construcciones que generan riesgo, frenar su deterioro y resguardar la seguridad ciudadana.
