El Ministerio de Salud y Deportes aprobó un nuevo esquema para que hospitales y centros de salud públicos puedan recibir asistencia técnica y administrativa de parte del Ente de Recuperación de Fondos para el Fortalecimiento del Sistema de Salud (REFORSAL), financiando esos servicios con recursos obtenidos a través del recupero de prestaciones brindadas a pacientes con cobertura médica privada, es decir, con obra social o prepaga.

La medida quedó formalizada mediante la Resolución Nº 946, firmada por el ministro Rodolfo Montero, que establece un marco general para la celebración de convenios entre los efectores públicos y REFORSAL. El objetivo es fortalecer y modernizar los procesos administrativos que sostienen la atención sanitaria, desde la admisión y registración de pacientes hasta la facturación y el recupero de prestaciones.

Según la norma, la Provincia considera que una parte importante de las pérdidas de recupero económico en el sistema de salud no se origina en la falta de herramientas legales sino en deficiencias administrativas, problemas de registración, circuitos internos heterogéneos y falta de estandarización documental. Por ello, la resolución habilita la implementación de mecanismos de asistencia destinados a mejorar la trazabilidad de las prestaciones, la calidad de la documentación, la organización institucional y los procesos vinculados a la transformación digital.

El esquema prevé que el Reforsal pueda aportar personal y asistencia técnica para ejecutar planes de trabajo acordados con cada establecimiento sanitario. Los costos laborales y gastos directos asociados deberán ser financiados por cada hospital utilizando exclusivamente la porción de los recursos que le corresponde por el recupero de prestaciones previsto en la Ley 9.535.

La resolución también habilita que esos pagos se realicen mediante retenciones directas sobre los fondos recuperados antes de que sean transferidos al hospital o centro de salud. De esta manera, Reforsal podrá cobrar los costos de los servicios prestados sin necesidad de circuitos administrativos adicionales, siempre con la conformidad previa del centro asistencial involucrado.

El convenio modelo aprobado como anexo establece que los planes de trabajo deberán definir objetivos, alcances, cronogramas, responsables y presupuestos. Además, determina que cualquier incorporación de personal deberá justificarse técnicamente y contar con financiamiento identificado, evitando generar obligaciones sin respaldo presupuestario.

La vigencia inicial de los convenios será de doce meses, con posibilidad de renovación, mientras que los costos derivados de eventuales desvinculaciones del personal contratado para cumplir esos planes también deberán ser afrontados por los establecimientos que suscriban los acuerdos.

Anexo