Foto: El Sol.

El Gobierno de Mendoza ha rechazado el recurso jerárquico de una profesional, quien pedía que se le reconociera su antigüedad como contratada para promocionar en su carrera dentro del Estado. La decisión, que reafirma una resolución anterior del Ministerio de Salud, establece que solo cuenta la antigüedad adquirida una vez que el empleado ingresa a la planta permanente.

El recurso fue admitido formalmente, pero desestimado en su fondo. La justificación se basa en una interpretación estricta de la Ley de Procedimiento Administrativo y la Ley 7759, que rige la carrera profesional en la provincia. Según el decreto, para poder promocionar, es requisito tener “antigüedad en la carrera profesional“, algo que solo se logra a partir del nombramiento en la planta permanente.

En los considerandos del decreto, se subraya que quien trabaja como contratado no forma parte del escalafón de la Ley 7759. Su relación laboral se rige por un régimen diferente, por lo que su tiempo de servicio bajo esta modalidad no se puede sumar para promocionar.

Esta postura es respaldada por la Fiscalía de Estado y Asesoría de Gobierno, quienes coinciden en que no existe una norma legal que permita acumular antigüedad en la carrera profesional por el tiempo trabajado como contratado.

Este decreto sienta un precedente claro, confirmando la posición del Gobierno de Mendoza: la antigüedad para la carrera profesional en la administración pública se cuenta a partir del ingreso formal a la planta permanente del Estado.