El Ejecutivo provincial ratificó la sanción tras un sumario que concluyó que una empleada utilizó información médica de pacientes sin autorización para respaldar denuncias gremiales. La Justicia también confirmó la exclusión de la tutela sindical y descartó un acto de persecución.
El Gobierno de Mendoza oficializó la cesantía de una delegada gremial de la Asociación de Trabajadores del Estado que cumplía funciones en el Hospital Central luego de que un sumario administrativo determinara que accedió y difundió historias clínicas de pacientes sin autorización para acompañar denuncias presentadas ante la Cámara de Diputados.
La decisión quedó plasmada en el Decreto 1.433, que ratificó la sanción impuesta por la Dirección Ejecutiva del centro asistencial y tuvo como principal fundamento la protección de la intimidad y la confidencialidad de la información médica de los pacientes.
La medida llegó después de que la Sala Segunda de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazara el recurso extraordinario presentado por la trabajadora y confirmara la exclusión de su tutela sindical, un paso indispensable para avanzar con la cesantía.
En ese proceso, el máximo tribunal provincial entendió que la representación gremial no exime a los agentes públicos del cumplimiento de las normas que resguardan la privacidad de los usuarios del sistema de salud.
El origen del conflicto
La investigación comenzó a partir de una denuncia presentada por trabajadores del Hospital Central ante una comisión de la Cámara de Diputados.
Durante el análisis del expediente, la propia Legislatura advirtió que entre la documentación aportada se habían incorporado historias clínicas de pacientes ajenos al conflicto y ordenó retirarlas por considerar que su exposición era improcedente e ilegal, además de devolver ese material al hospital. Ese hecho dio origen al sumario administrativo.
De acuerdo con el decreto, la agente se desempeñaba en la Secretaría de Sala y tenía acceso habilitado al sistema informático de historias clínicas. La instrucción concluyó que utilizó documentación sanitaria obtenida en razón de esa función para respaldar denuncias de índole personal y gremial, sin que existiera consentimiento de los pacientes involucrados.
El Ejecutivo remarcó que la investigación nunca cuestionó el derecho a formular denuncias, sino el uso de información médica protegida para fundamentarlas.
La defensa y la resolución
Durante el proceso disciplinario, la empleada negó que la documentación correspondiera a historias clínicas y sostuvo que existía una persecución gremial.
Sin embargo, el sumario concluyó que esa postura quedaba desvirtuada por la nota remitida desde la Cámara de Diputados, un acta notarial que certificó el contenido de la documentación y un informe técnico que acreditó que la agente tenía acceso al sistema de historias clínicas del Hospital Central.
El decreto también señala que, tanto la Segunda Cámara del Trabajo como la Suprema Corte, descartaron que existiera un móvil antisindical detrás del procedimiento. Los jueces consideraron que la conducta investigada constituyó una falta funcional vinculada al uso de información sensible de pacientes y que ello justificaba el avance del proceso disciplinario con independencia de la actividad gremial desarrollada por la empleada.
Las normas que el Gobierno consideró vulneradas
El Ejecutivo sostuvo que la conducta acreditada infringió la Ley Nacional de Derechos del Paciente (26.529), que garantiza la confidencialidad de las historias clínicas; la Ley de Protección de Datos Personales (25.326), que define la información médica como un dato sensible cuya difusión requiere consentimiento expreso; y el Estatuto del Empleado Público, que impone deberes de reserva y custodia sobre la información obtenida en el ejercicio de la función pública.
Finalmente, el Gobierno entendió que la cesantía resultó una sanción proporcional a la gravedad de los hechos, al considerar que la empleada ocupaba un puesto que le otorgaba acceso privilegiado a información sanitaria y que el uso de esos datos con fines ajenos a sus funciones implicó un quiebre de la confianza depositada por la administración pública.
