El Senado de Mendoza en el debate de la ley.

El Senado de Mendoza dio media sanción al proyecto que establece un Régimen Especial Penal Juvenil para la provincia. La iniciativa crea un sistema específico para abordar los delitos cometidos por adolescentes y establece reglas procesales diferenciadas, con intervención de fiscales, jueces y defensores especializados. El texto que llegó al recinto tuvo modificaciones hasta la primera hora de este miércoles.

La norma fue aprobada por mayoría con votos de Cambia Mendoza, La Libertad Avanza, PRO y el Partido Demócrata (25 en total), pero contó con la abstención de 10 senadores de la oposición: Félix González y Omar Parisi (Fuerza Patria); Dugar Chappel (Partido Verde) y siete que conforman el interbloque Encuentro Mendocino: Mauricio Sat, Pedro Serra, Ariel Pringles, Flavia Manoni, Adriana Cano, Luz Llorens y Luis Novillo.

El proyecto establece que el nuevo régimen provincial se aplicará a adolescentes en conflicto con la ley penal y deberá adecuarse a la Ley Nacional 27.801 y a los tratados internacionales de derechos humanos. En el Código Procesal Penal Juvenil incorporado como anexo se establece como ámbito de aplicación a las personas que, al momento del hecho, tengan entre 14 y 18 años, de acuerdo con el régimen de responsabilidad penal fijado por la legislación nacional.

Uno de los principales cambios es la creación de una estructura judicial especializada. El sistema estará integrado por un Tribunal Penal Juvenil, un Juzgado Penal Juvenil, un Ministerio Público Fiscal Penal Juvenil y el Ministerio Público de la Defensa y Pupilar.

El Tribunal Penal Juvenil funcionará, como regla general, con tres jueces, aunque podrá hacerlo de manera unipersonal en determinados casos por la complejidad del expediente o la entidad de la pena.

El proyecto también establece un esquema específico para las medidas de privación de libertad. La prisión preventiva tendrá carácter excepcional y deberá sustentarse en riesgos procesales concretos, como peligro de fuga u obstaculización de la investigación. Antes de disponerla, deberán considerarse aspectos como el arraigo familiar, educativo y comunitario del adolescente, su edad, grado de madurez y contexto social.

La iniciativa fija además un plazo máximo de 18 meses para la prisión preventiva, computando sus eventuales prórrogas. Al mismo tiempo, prioriza alternativas al encierro, entre ellas, el monitoreo electrónico y la permanencia domiciliaria supervisada, que podrán utilizarse cuando los riesgos procesales puedan ser neutralizados sin recurrir a una institución cerrada.

Otro de los ejes del régimen es la creación de una Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil, que tendrá a su cargo la implementación y supervisión de medidas y programas socioeducativos. El organismo contará con equipos interdisciplinarios y supervisores especializados y tendrá dispositivos tanto para adolescentes privados de libertad como para quienes cumplan medidas alternativas en el ámbito comunitario.

El proyecto también incorpora un fuerte esquema de protección de la identidad de los adolescentes involucrados en procesos penales. La propuesta prohíbe difundir nombres, iniciales, imágenes, vínculos familiares, domicilios, establecimientos educativos u otros datos que permitan identificarlos, ya sean imputados, víctimas o testigos.

En cuanto al cumplimiento de las penas, el texto establece que las sanciones deberán tener una finalidad socioeducativa y de reintegración social. Las penas privativas de libertad deberán cumplirse en centros especializados y podrán contemplar modalidades abiertas, dispositivos comunitarios, permanencia domiciliaria supervisada o monitoreo electrónico.

La iniciativa, que ahora deberá ser analizada por la Cámara de Diputados, busca reemplazar el esquema vigente por un sistema penal juvenil con procedimientos, organismos y criterios propios. Entre sus principios aparecen la especialidad, oralidad, celeridad, confidencialidad, justicia restaurativa y una intervención diferenciada según la edad y las características de cada adolescente.