Más allá que el nuevo concesionario, Traylon, ya está trabajando en el Casino Central, el cambio de operador en el mes de agosto generó revuelo y polémica. Ahora, a través del decreto N° 2.112, el Ministerio de Hacienda rechazó el recurso de revocatoria que había presentado la anterior operadora, Plaza Central UT, y calificó de “absurdo” lo expuesto por el recurrente.
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El proceso licitatorio de máquinas tragamonedas del Casino Central de Mendoza recorrió un largo y complejo camino, que terminó con denuncias judiciales y administrativas del anterior concesionario, que no se resignaba a perder el negocio que tuvo durante 19 años.
Una vez realizado el desalojo, la sala de juegos cerró sus puertas para que pudiera instalarse Traylon, la empresa encabezada formalmente por Ricardo Benedicto, histórico socio del empresario kirchnerista Cristóbal López.
En tanto, la actual operadora ganó la licitación con una oferta de $2.236 millones para remodelar por completo las instalaciones.
La respuesta del Gobierno
Por un lado, la firma de Alfredo Vila consideraba la oferta de Traylon como “temeraria, denominando al precio cotizado como vil o no serio”. Sin embargo, en el Ejecutivo desestimaron ese argumento al señalar que se trata de un “hecho incierto, hipotético e infundado, alegando predicciones de lo que pasará en el contrato en un futuro”, señala el decreto.
Para el Ministerio de Hacienda se trató de una oferta que cumplía con los requisitos exigidos, “no habiendo elemento o indicio alguno de que se trata de una oferta irrisoria o no seria o inviable”. Además, señalan que en caso de incumplimientos, en el pliego de la licitación se dispone de un procedimiento sancionatorio aplicable “no dando lugar a especulaciones, predicciones ni supuestas renegociaciones como las alegadas”.
En torno a eso, explicaron que la oferta de Traylon obtuvo un puntaje de 91,5 sobre 100 puntos, por lo que resultó ser la más conveniente.
“El precio cotizado de Traylon S.A. de ninguna forma hace presumir fundadamente que la propuesta no podrá ser cumplida en la forma debida y no se trata de un precio excesivo o anormalmente bajo, ello de acuerdo con los criterios objetivos que surgen de los precios de mercado y de la evaluación de la capacidad del oferente”, añade el decreto.
“Es claro, que Plaza Central UT busca proteger un interés privado de una empresa privada, en perjuicio de un procedimiento de licitación pública sumamente beneficioso para el Estado Provincia”, señala el decreto. Por todas estas razones se decidió desestimar el planteo por resultar “improcedente”.
“Que de tal modo, y sin perjuicio de la admisión formal del recurso, por los argumentos expuestos en la presente norma legal, se considera que no existe ilegitimidad alguna en los actos atacados, no adoleciendo estos de vicios de competencia, objeto, voluntad y forma, ni desviación ni abuso o exceso de poder, ni arbitrariedad ni violación de los principios generales del derecho en el actuar de la máxima autoridad del Instituto, siendo el acto impugnado legítimo, por lo cual el recurso de alzada en trato debe ser rechazado en lo sustancial”, concluye la normativa.
