El Gobierno nacional formalizó este miércoles  los nuevos requisitos que deberán cumplir quienes ingresen a la Argentina, en la fase de distanciamiento social por el coronavirus y que comenzará a regir desde este sábado 5 de diciembre.

Bajo la Resolución Conjunta 11/2020, que lleva las firmas del Ministerio de Salud de la Nación y de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), se permitirá el ingreso a:

  • Transportistas o tripulantes de cualquier nacionalidad
  • Argentinos y residentes en la República Argentina, cualquiera sea su lugar de procedencia
  • Extranjeros nacionales de países limítrofes o residentes en ellos que viajen para realizar actividad turística en el país y que no requieran de un visado consular por su nacionalidad
  • Extranjeros autorizados expresamente por la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), para desarrollar una actividad laboral o comercial; o para cumplir con una misión oficial diplomática; o para participar de eventos deportivos, o para su reunificación familiar con argentinos o residentes
  • Extranjeros declarados en tránsito hacia otros países con una permanencia en el aeropuerto internacional menor a 24 horas

Puntos habilitados 

  • Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini
  • Aeropuerto Internacional San Fernando
  • Puerto de Buenos Aires
  • Paso de los Libres – Uruguayana (Corrientes)
  • Sistema Cristo Redentor (Mendoza)
  • San Sebastián (Tierra del Fuego)
  • Gualeguaychú – Fray Bentos (Entre Ríos)

Qué deberán presentar 

  • Certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia debidamente apostillado o legalizado, según corresponda, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino
  • Copia del documento nacional argentino del familiar a quien precisa visitar
    Reserva de pasajes
  • Presentar al momento del ingreso al territorio nacional y ante el inspector migratorio la nota de solicitud donde se explique la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde se hospedará el extranjero y toda otra información relevante que le sea requerida
  • Todos los viajeros deberán presentar una declaración jurada electrónica para iniciar su viaje al territorio nacional, hasta 48 horas antes del inicio del viaje si lo hacen por sus propios medios o de su embarque si viajan en un transporte internacional de pasajeros
  • Deberán cumplir con la toma de muestra de la prueba de diagnóstico de PCR al menos 72 horas previas al viaje internacional con resultado negativo para Covid-19 y adjuntarla a la declaración jurada
  • La PCR negativa aplica como condición de viaje cualquiera sea la edad del viajero