“Este Ministerio Público no va a pedir la prisión perpetua para Julieta Silva. Vamos a acusar por el artículo 80 inciso 1, en relación al artículo 81, letra a), en función con el artículo 82, es decir que actuó dolosamente, pero en estado de emoción violenta”, fueron las palabras que del fiscal en jefe de Homicidios Fernando Guzzo, que sorprendieron a los presentes en la sala donde se desarrolla el juicio por la muerte de Genaro Fortunato, y que desembocó en el pedido de 14 años de prisión a la acusada. 

Por su parte, la querella, representada por Tindaro Fernández, solicitó la perpetua en caso de que el tribunal se incline por la calificación de homicidio agravado por el vínculo y 20 años de cárcel, si se deciden por el homicidio con dolo eventual. Además, pidieron que se revoque la prisión domiciliaria de Silva. 

Durante alrededor de dos horas y media, el representante del Ministerio Público desarrolló los alegatos contra Julieta Silva, acusada de matar a su pareja en setiembre de 2017, en San Rafael. En los mismos, Guzzo dejó en claro que, para la Fiscalía, la imputada tuvo una clara intención determinar con la vida del rugbier. 

Guzzo fue tajante y disparó duramente contra la personalidad y el accionar de Silva, durante y después del hecho. “Cada acción estuvo calculada con frialdad”, afirmó el fiscal. La acusada, incluso, dejó la sala en un momento, evidenciando conmoción antes las palabras del fiscal.

En un momento, hasta mencionó el caso de Nahir Galaza, cuando intentaba acreditar frente al tribunal, que Julieta y Genaro efectivamente eran una pareja constituida, lo que le permitía sumar al homicidio con dolo eventual el agravante por relación de pareja. 

Además, desacredito a dos testigos presentados por la defensa, el oficial Ruarte de la Policía Científica, a quien acusó de “responder lo que quiso y lo que se le preguntó”, y a Silvia Ballarini, alias la Polaca, amiga y entrenadora de Silva, quien, según Guzzo, fue totalmente subjetiva.

Todo parecía apuntar a que el fiscal iba a solicitar la pena máxima. Además, esa posibilidad había sido un secreto a voces en los días previos a los alegatos. Sin embargo, previo a tipificar el delito, Guzzo aclaró que sostenía el homicidio con dolo eventual agravado por la relación de pareja, pero luego aclaró que fue cometido en bajo emoción violenta.

Para esto, aclaró que algo sucedió luego de que la pareja salió del boliche, cuando Fortunato se golpeó con una baranda y Silva lo abrazó, lo consoló y se fueron juntos hacia el auto de ella, tal como lo captó una cámara de seguridad. “En esos 200 metros que caminaron algo pasó, todos los testigos dicen que mantuvieron una discusión”, explicó Guzzo.

Continuando con esa idea, el fiscal explicó que jamas se conocerá el motivo de la pelea, pero que eso provocó una emoción violenta en una mujer que estaba alcoholizada, con una personalidad propensa y que la llevó a actuar sin riesgos inhibitorios y a regirse por sus propios principios, lo que constituye la emoción violenta. 

“Julieta Silva no se fue del boliche porque estaba cansada” de las situaciones que vivió con Fortunato esa noche, sino que “era enojo” con Genaro, continuó Guzzo. Y sentenció: “Silva no tenía ningún motivo para delinquir, salvo su ira”. 

De esa forma, terminó por solicitar 14 años de prisión para Silva, sin posibilidad de prisión domiciliaria, por el delito que, según establece el Código Penal, arriesga una pena de entre 10 y 25 años.

Por su parte, desde la familia de Fortunato indicaron que se encuentran “conformes” con los alegatos de Guzzo, pero que no coinciden con la pena que solicitó. 

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