El fallo dictado por la jueza Laura De Marinis que declaraba la inconstitucionalidad del nuevo Régimen Penal Juvenil en un caso por una tentativa de robo agravado, expediente en el que sobreseyó a un menor de 14 años, fue revocado este viernes. La medida fue tomada por la Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires.
Según sostiene el escrito, los jueces Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca hicieron lugar al recurso de apelación interpuesto del fiscal Mauro Andrés Tereszko y la auxiliar fiscal Paula Raffa Pirra, de la Unidad Fiscal Especializada en Penal Juvenil (UFEPJ).
Además, los magistrados apartaron del cargo a De Marinis y dispusieron el sorteo de un nuevo juez del fuero para que intervenga “en los autos principales”.
La noticia fue celebrada por la senadora nacional de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, quien se había mostrado muy crítica contra la jueza De Marinis.
“La Cámara anuló el fallo de la jueza pro delincuentes de la Ciudad. Por eso, la apelación es una herramienta concreta frente a una sentencia cuestionada. No se trata de hacer propaganda ni de esperar un juicio político: se trata de recurrir a la Justicia y obtener una respuesta ahora“, señaló.
Además, contratacó argumentando que la Ley Penal Juvenil “contempla distintas penas, incluida la prisión, según la gravedad del delito. Lo que no contempla es que una jueza elija qué leyes aplicar según su ideología. Las víctimas no eligieron ser víctimas. Quien comete un delito debe responder ante la Justicia.”
El recorrido del fallo controversial
El caso se inició el 10 de septiembre, cuando un grupo de al menos cuatro adolescentes habría intentado sustraerle el teléfono celular a un hombre de 47 años. La víctima logró escapar y pidió asistencia a un efectivo de la Policía de la Ciudad. El Ministerio Público Fiscal calificó el hecho como tentativa de robo.
Frente al planteo de la defensa, De Marinis consideró que la aplicación del nuevo régimen en este caso vulneraba derechos reconocidos a los adolescentes y declaró inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801, el que consagra la baja en la edad de la imputabilidad.
Como consecuencia, dispuso el sobreseimiento del menor involucrado.
En su resolución, la magistrada sostuvo que la incorporación de adolescentes al sistema penal debe ser utilizada como último recurso y planteó la responsabilidad del Estado y de los adultos frente a las situaciones de vulnerabilidad de los menores.
