El Poder Ejecutivo emitió el decreto 955/24, el cual establece nuevas regulaciones sobre la afiliación de monotributistas y pequeños contribuyentes a las empresas de medicina prepaga. Este decreto, firmado por el presidente Javier Milei, aclara que las prepagas podrán optar por no recibir nuevos monotributistas, lo que modifica las condiciones para quienes ya están afiliados a través de la triangulación con las obras sociales.
¿Cómo funcionará el Registro de Agentes de Seguro de Salud?
El decreto crea un Registro de Agentes del Seguro de Salud para la Cobertura Médico Asistencial de Pequeños Contribuyentes, el cual estará operativo a partir del 1° de diciembre. Este registro será aplicable a todos los pequeños contribuyentes, independientemente de su categoría, y se inscribirán en él las entidades del Sistema Nacional del Seguro de Salud que acepten a monotributistas como parte de su población beneficiaria.
Para las prepagas, el decreto implica que solo quienes se inscriban en este nuevo registro podrán seguir brindando cobertura a los monotributistas. Las obras sociales, por otro lado, deberán seguir ofreciendo cobertura a estos contribuyentes, a menos que se encuentren en crisis económica, en cuyo caso no estarán obligadas a recibir nuevos monotributistas.
¿Qué sucede con los monotributistas ya afiliados a una prepaga?
Aquellos monotributistas que ya tienen una relación preexistente con las prepagas, a través de la triangulación con las obras sociales, podrán mantener su cobertura según lo establece el decreto.
No obstante, el futuro de los nuevos monotributistas que deseen acceder a coberturas privadas dependerá de si las prepagas deciden inscribirse en el nuevo registro.
El decreto generó incertidumbre sobre quién brindará cobertura a los nuevos monotributistas, ya que tanto las prepagas como las obras sociales podrán optar por no inscribirse en el nuevo registro. Esto podría llevar a que algunos monotributistas queden excluidos de los sistemas privados de salud y deban recurrir al sistema público.
La Superintendencia de Servicios de Salud será la encargada de dictar las normas aclaratorias necesarias para la implementación del decreto y establecer los requisitos que deben cumplir las entidades que deseen inscribirse en el registro.
