El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de mayo la fecha límite establecida para la repatriación de activos en el exterior.
Así lo estableció el Decreto 201/2022, publicado en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Juan Manzur; y del ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.
“Prorrógase desde su vencimiento y hasta el 31 de mayo de 2022, inclusive, la fecha de repatriación prevista para el período fiscal 2021, a los fines de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 912 del 30 de diciembre de 2021″, indica el texto.
La decisión se tomó en virtud de “conceder a los y las contribuyentes del gravamen un período de tiempo suficiente para el análisis y adopción de la decisión que estimen conveniente”.
También apunta a “facilitar a los y las profesionales intervinientes un plazo adicional para el desarrollo de las tareas vinculadas a la repatriación”.
De acuerdo al decreto 912, los bienes alcanzables en este programa son “las tenencias de moneda extranjera en el exterior” y también “los importes generados como resultado de la realización de los activos financieros” pertenecientes a las personas “residentes en el país y las sucesiones indivisas radicadas en él.
La medida representa la posibilidad de pagar hasta un 30% menos en la alícuota de Bienes Personales para quienes tengan bienes en el exterior, que pagan entre 0,7% a 2,25% de alícuota.
En ese sentido, los contribuyentes podrán pagar menos siempre y cuando el Estado verifique que se repatrió al menos el equivalente al 5% del valor de los bienes situados en el exterior.
