El Gobierno nacional apelará la resolución judicial que le otorgó un plazo de cinco días para cumplir de manera total con la medida cautelar vinculada con la Ley de Financiamiento Universitario. La presentación será realizada ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y cuestionará la intimación dictada por el juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11.
Cormick sostuvo que el Ejecutivo “no existe cumplimiento total” de la cautelar y advirtió que podrá aplicar astreintes, es decir, sanciones económicas por cada día de demora. En el Gobierno, en cambio, sostienen que la medida ya fue cumplida y que esa situación fue informada y acreditada ante la Justicia. Ese será uno de los principales argumentos de la apelación.
La Casa Rosada todavía analiza si solicitará que el recurso tenga efecto suspensivo. Esa definición determinará si la intimación continúa produciendo efectos mientras la Cámara analiza la presentación del Ejecutivo.
La apelación no cuestionará la cautelar original, que quedó firme después de distintas instancias judiciales. En diciembre de 2025, Cormick ordenó aplicar de manera inmediata los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795, relacionados con la recomposición salarial de docentes y no docentes universitarios y con la actualización de los programas de becas estudiantiles.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó posteriormente esa medida. El Gobierno llevó el planteo a la Corte Suprema, pero el 25 de junio el máximo tribunal rechazó el recurso extraordinario al considerar que no estaba dirigido contra una sentencia definitiva. La cautelar quedó así vigente mientras continúa la discusión sobre el fondo de la causa.
El expediente principal cuestiona el decreto 759/2025, mediante el cual el Ejecutivo promulgó la Ley de Financiamiento Universitario pero condicionó su aplicación a la determinación de las fuentes de financiamiento. Esa causa todavía no tiene una sentencia definitiva.
Qué hizo el Gobierno para acreditar el cumplimiento
En junio, el Ejecutivo intentó demostrar ante la Justicia que había comenzado a cumplir con las obligaciones establecidas en la cautelar. La Subsecretaría de Políticas Universitarias, el Consejo Interuniversitario Nacional y los gremios firmaron el 10 de junio un acta que contempló una recomposición de la masa salarial del 24,33%, una actualización del 20% para gastos de funcionamiento y mayores partidas destinadas a hospitales universitarios y becas.
A partir de ese acuerdo, el Gobierno solicitó que se levantara la cautelar al considerar que habían cambiado las circunstancias que habían dado origen a la medida. Sin embargo, Cormick rechazó ese planteo el 1 de septiembre y sostuvo que el Estado no había acreditado una solución definitiva al deterioro salarial y a los perjuicios denunciados por las universidades.
La negociación volvió a fracasar el 17 de septiembre. El Ejecutivo mantuvo una propuesta adicional del 3% para los salarios universitarios y afirmó que la aplicaría incluso sin acuerdo. Las organizaciones sindicales rechazaron el planteo y mantienen diferencias respecto de cuánto resta recomponer.
El conflicto judicial se desarrolla en paralelo al debate por el Presupuesto 2027. El proyecto enviado por el Gobierno contempla $7,349 billones para funcionamiento, inversión y programas especiales de las universidades nacionales, mientras que el Consejo Interuniversitario Nacional calcula necesidades cercanas a los $11 billones.
La Casa Rosada evalúa modificar la partida durante el tratamiento legislativo y alcanzar un acuerdo con los rectores y los bloques aliados. La estrategia oficial apunta a que un eventual entendimiento presupuestario pueda ser presentado dentro del expediente judicial como una nueva circunstancia.
Sin embargo, cualquier modificación de la cautelar deberá ser resuelta por los tribunales. Mientras tanto, las universidades y los gremios mantienen las medidas de fuerza y ratificaron la Marcha Federal Universitaria del 15 de octubre. El próximo paso será la apelación del Gobierno ante la Cámara y la definición sobre un eventual pedido para suspender los efectos de la intimación.
