El gobernador Rodolfo Suarez firmó este jueves por la tarde los tres pedidos de reconsideración para que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas de marcha atrás en el reconocimiento a comunidades que, supuestamente, tienen ascendencia mapuche. En tanto, a la par se conoció un fallo de la Corte Suprema de Justicia donde dejó sin efecto el otorgamiento de tierras a otra comunidad, pero de Bariloche, Río Negro, que puede llegar a servir a la Provincia en medio de la polémica local.
La sentencia tiene que ver con un conflicto que lleva 22 años en la zona de Sierra de la Ventana, cercana a la ciudad rionegrina, por un particular que presentó un amparo ante el INAI para que se declare nulo el reconocimiento de la comunidad Lof Che Buenuleo por 92 hectáreas.
El lugar, conocido como Pampa de Buenuleo, se encuentra en pleno bosque, a unos 15 kilómetros de Río Negro. Un particular, Emilio Friedrich, fue quien presentó el amparo contra esa resolución del organismo nacional. El INAI luego apeló la decisión de la Cámara de Apelaciones, que había resuelto a favor de Friedrich: “El derecho a reivindicar la propiedad de los territorios aborígenes no es absoluto“.
El organismo presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema, pero como se había presentado fuera del plazo legal, el máximo tribunal lo rechazó por extemporáneo. Con esto, quedó firme lo resuelto por la cámara.
El conflicto tuvo episdios de violencia y denuncias de usurpación por parte de Friedrich. En 2019, la Justicia rionegrino ordenó el desalojo del terreno. Posteriormente, un Tribunal de Impugnación volvió a darle lugar a Friedrich, entre otros argumentos, porque la familia de usurpadores “no ejercen una ocupación tradicional sobre la parcela de tierra que dicen comunitaria” y reconoció que Friedrich es el propietario “legítimo”, aunque finalmente los denunciados fueron sobreseídos.
La cuestión volvió a complicarse porque, a pocos días de aquel fallo, el INAI intervino con una resolución, donde reconoció a la comunidad Buenuleo los derechos ancestrales sobre 481 hectáreas, entre ellas, 90 que pertenecen a Friedrich. Por esto, el conflicto luego derivó en la Justicia Federal hasta la instancia de la Corte.
Pero en primera instancia, la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo se volcó a favor de la familia que reclamaba esa tierra. En los argumentos, se sostuvo que “la transferencia de derechos sobre el territorio comunitario es inoponible a la comunidad“. En otras palabras, para el juez seguía siendo territorio mapuche, a pesar de que había un boleto de compraventa que la misma familia había emitido al primer comprador.
Pero Friedrich tuvo que apelar, porque lo que pedía era anular la decisión del INAI, más que discutir de quién era la propiedad. En segunda instancia, La Cámara en los Contencioso Administrativo hizo lugar a su reclamo porque consideró que había vicios en el procedimiento del organismo nacional. Cuando el INAI apeló, ante la Corte, ya era tarde, lo que confirmó la propiedad a nombre de Emilio Friendrich.
Con información de La Nación.
