La AFIP anunció que aumentará la percepción a cuenta del IVA para la venta de productos y servicios a través de las plataformas web como Mercado Libre o Rappi. Esto es para quienes no estén inscriptos, para los monotributistas que deberían pasar al régimen general o para los contribuyentes que cuentan con incumplimientos o irregularidades.
La medida estará vigente a partir del 1° de abril de 2023 y se instrumentará a través de una percepción a cuenta del IVA. En concreto, es un pago anticipado del IVA, por lo cual si un vendedor es contribuyente del gravamen, el monto de la nueva percepción se le descontará luego del monto final a abonar.
La percepción alcanzará a responsables inscriptos, monotributistas que superen los parámetros del régimen simplificado y queden excluidos y a las personas no categorizadas que realicen operaciones de forma “habitual, frecuente o reiterada”, según lo definió la AFIP.
Monto
Las tasas de la percepción se aplicarán sobre el precio de venta o el precio sobre el cual se cobra la comisión de la plataforma de e-commerce; las mismas parten del 1% y se van incrementando. De acuerdo a la condición fiscal o al resultado del “el resultado del control sistémico aplicado (que detecta si cumple o no con las formalidades requeridas)”, según publicó la AFIP, que indicó que la determinación de alícuotas está disponible en el Anexo IV de la RG 5319, accesible en la web de organismo.
Para los monotributistas que superen la facturación máxima y, como se detalló, queden excluidos del régimen simplificado, la percepción será del 7%. Para las personas no inscriptas ni en IVA ni monotributo, la misma será del 8 por ciento.
Ya sean monotributistas o personas no inscriptas, se les aplicará la percepción, en caso de corresponder, siempre y cuando el monto de esta sea de, al menos $2.000 por mes calendario para el conjunto de operaciones.
Operaciones
La nueva percepción se aplica a todas las operaciones de venta de bienes, ya sean nuevos o usados, la locación (alquileres de inmuebles para usos comerciales) o la prestación de diversos servicios a través de plataformas digitales, como podría ser por ejemplo el servicio de fumigación.
¿Cómo se define la habitualidad, frecuencia o reiteración?
Son aquellas operaciones que se realizan en una misma plataforma de e-commerce durante un mes y que tengan estas dos condiciones, se realicen más de 10 transacciones y el monto total sea igual o superior a los 200.000 pesos.
Las personas que realicen 4 o más operaciones por un monto igual o superior a los $200.000 durante cuatro meses consecutivos también serán consideradas dentro de la habitualidad. En caso de bienes no registrables usados, el límite sube a los $400.000 por mes.
En el caso de los monotributistas, se verán alcanzados si:
- Venden bienes no registrables (sean nuevos o usados) y el precio por unidad supere el importe máximo del régimen simplificado, $85.627,66 en 2023.
- El monto total acumulado de las operaciones determina su exclusión del régimen simplificado; es decir, su superan los $5.650.236,51 para prestadores de servicios o $8.040.721,19 para venta de bienes (2023), considerando el mes de la operación y los 11 meses previos.
Con información de Infobae
