En el marco del “Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas” suscripto entre Mendoza y el Estado nacional, que se votaría en la Legislatura este miércoles, Fiscalía de Estado emitió un dictamen clave en el que advierte sobre lo que implica el desistimiento de las acciones judiciales que la provincia mantiene ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en dos casos en particular, a cambio de obtener una compensación a corto plazo en otros conflictos que también están abiertos.
El organismo de control dejó en claro que la firma de este convenio para que Nación le devuelva plata a Mendoza excede las facultades unilaterales del Poder Ejecutivo y requiere, de manera obligatoria, la aprobación de la Legislatura para ser jurídicamente eficaz. En este sentido, el ministro de Hacienda , Víctor Fayad se presentó este martes ante el plenario de las comisiones de Hacienda y Presupuesto, Legislación y Asuntos Constitucionales y de Obras Públicas para defender el acuerdo.
El funcionario explicó los beneficios alcanzados, por ejemplo, por las acreencias de $121.282 millones a favor, vinculadas al Consenso Fiscal, obras de vivienda ($2.295 millones) y trabajos en las rutas nacionales 40 y 143, las cuales la Provincia se encuentra interviniendo en materia de infraestructura y que representan $80.000 millones del monto total.
Fayad dio a conocer, a su vez, que el nuevo esquema de pagos genera un beneficio financiero estimado en $7.677 millones, al mejorar el perfil de vencimientos y ordenar las obligaciones recíprocas entre la Provincia y la Nación. Aunque detrás aparecen los dos puntos mencionados por Fiscalía de Estado.
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La opinión de la Fiscalía de Estado
El eje de la advertencia de Fiscalía de Estado radica en que, lejos de tratarse de una formalidad administrativa o una simple finalización de pleitos, el dictamen recalca que “el convenio en análisis no dispone la simple terminación de los pleitos por razones procesales (desistimiento del proceso, que supone el abandono de la instancia), sino la renuncia a la pretensión sustancial que constituye su objeto (desistimiento del derecho)”.
Esta distinción técnica tiene un impacto político y financiero directo: al desistir del derecho y no solo del proceso, la provincia resigna estos fondos de manera “definitiva e irreversible”.
Los juicios en cuestión no son menores. Se trata de dos demandas de ante la Corte Suprema. La primera de ellas cuestiona la constitucionalidad del Decreto Nacional 473/23, mediante el cual la gestión de Alberto Fernández redujo de forma unilateral la masa coparticipable al eximir del impuesto a las Ganancias a la mayoría de los salarios. La segunda demanda apunta contra el Decreto 756/18, que eliminó el Fondo Federal Solidario (FOFESO).
A valores históricos y al momento de interponerse las demandas, Mendoza reclamaba en estas causas $7.699 millones y $5.402 millones respectivamente, cifras que hoy se encuentran desactualizadas y no contemplan intereses.
El dictamen explica que la acción entablada por el recorte de Ganancias busca proteger la intangibilidad de los recursos de la provincia frente a decisiones unilaterales de la Nación. Por este motivo, se señala que resignar esta demanda equivale a abandonar la defensa de las reglas de juego del federalismo fiscal.
El objeto mismo del derecho resignado “excede la esfera de la administración ordinaria y de la representación de la Provincia”, dice el dictamen. El organismo resalta que lo que se está entregando no es simplemente dinero adeudado, sino “un cuestionamiento sobre las reglas mismas de su distribución y percepción”.
Por su parte, el Ministerio de Hacienda fundamenta que los dos juicios mencionados están paralizados, sin avances procesales en los últimos años. Incluso, ni siquiera se corrió traslado de la demanda a la Nación.
En el caso de Ganancias, la Corte Suprema de la Nación ya había intimado a la Provincia a explicar cómo afectaba la Ley de Medidas Fiscales (Ley N° 27.743) a su reclamo, lo que ponía en duda la viabilidad futura de la causa.
A diferencia de lo sostenido previamente por la Asesoría de Gobierno -que consideraba la remisión del acuerdo a la Legislatura como un acto “meramente informativo e institucional” y no como un requisito necesario-, el dictamen de la Fiscalía de Estado resalta que el Ejecutivo no puede actuar de forma unilateral en esta materia.
Como antecedente, el dictamen menciona el Consenso Fiscal de 2017. En aquella oportunidad, el propio Ejecutivo envió un proyecto de ley, finalmente sancionado, que autorizó expresamente al gobernador a desistir de las acciones judiciales correspondientes.
