El nuevo gobierno provincial, el que asume el 9 de diciembre en manos de Alfredo Cornejo, se encontrará –entre los temas de arrastre y no resueltos del todo por el actual de Rodolfo Suarez–, con una acción de inconstitucionalidad que deberá responder ante la Justicia por la prórroga del contrato firmado con Edemsa.

Como ya se ha planteado y discutido desde la política y lo técnico, ahora se vuelve a cuestionar que a la primera distribuidora eléctrica de la provincia se le haya extendido el negocio, sin licitación y sin una audiencia pública previa que tomara conocimiento de cómo se resolvió entre las partes un grupo de deudas y demandas cruzadas que podrían haber sido perjudiciales para los usuarios y las arcas del Estado. La presentación ante la Justicia fue realizada promediando la semana por el ex gobernador, Arturo Lafalla; el ex diputado nacional y actual concejal libertario de la Capital, Gustavo Gutiérrez y en carácter de “amicus curiae” al ex miembro y presidente la Suprema Corte de Justicia, Alejandro Pérez Hualde, quien además de profesor titular en Derecho, es especialista de Servicios Públicos.

Cuando todo lo relacionado a ese sorpresivo acuerdo transaccional entre el gobierno de Suarez y Edemsa que tomó estado público a comienzo de año parecía estar resuelto y finiquitado tras una serie de explicaciones y presentaciones supuestamente aclaratorias que hiciera tanto el gobierno como el Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE), Lafalla, Pérez Hualde y Gutiérrez le han pedido a la Corte que declare la inconstitucionalidad de los decretos que permitieron el pacto con la distribuidora, porque a su entender no sólo ha violado normas y procedimientos que nunca debió pasar por alto, sino que por otro lado, insisten en que lo que se ha firmado ha ido en detrimento de los mendocinos y en beneficio de, según sugiere, de un grupo empresario bajo el argumento falaz del “bien común” o del “interés público”.

Todo se conoció a comienzos de año cuando se publicó el decreto 70/2023 por el que se ratificaba un acuerdo transaccional entre la Provincia y Edemsa, convenio que ingresaba en una etapa de rediscusión al acercarse el fin de la concesión que por 30 años se había firmado en 1998. Además de tener que fijarse una actualización del esquema tarifario sobre el fin del contrato, se tenía que resolver esa serie de deudas cruzadas que las partes se planteaban, entre ellas varios años de atraso tarifario invocado por la compañía por distintas razones, como la demagogia y cierta influencia populista del modelo nacional de gobierno que impidió fijar un valor real por la prestación de un servicio público básico, y una serie de obras de inversión que mejoraran el producto recibido por cada mendocino en su domicilio, en calidad y en cantidad, claro está. El decreto se ocupó de Edemsa, pero los acuerdos transaccionales se extendieron a todas las distribuidoras, cooperativas que operan tanto en el Este como en el Sur de la provincia y bajo el mismo común denominador: resolver las cuestiones pendientes y establecer las pautas que tendría una nueva relación hacia delante.

El pacto con Edemsa, por la magnitud de la compañía, su radio de acción y su incidencia porcentual (65 por ciento de toda la provincia) en la prestación del servicio, llamaron la atención de los reclamantes y de ciertos sectores atentos a las relaciones entre el Estado y algunos particulares influyentes.

No sólo se ha pedido la inconstitucionalidad del decreto 70 del 2023, sino también del que ratificó la ampliación del objeto social de Edemsa, la que dio lugar a “otra empresa”, según los denunciantes del acuerdo sin que participara la Legislatura de todo ese proceso, agregaron como agravante.

El pacto ha permitido extender la concesión de Edemsa, la que vence en el 2028, por veinte años más, sin licitación; una reducción del canon del 10 al 6 por ciento, un nuevo sistema tarifario; la incorporación a la tarifa de una deuda calculada en 17 mil millones de pesos por obras de inversión no realizadas y de la deuda que la compañía contrajo con Cammesa, el mayorista nacional a la que Edemsa le compra la energía que termina distribuyendo a los usuarios en el Gran Mendoza.

Hay un aspecto que Lafalla, Pérez Hualde y Gutiérrez han destacado y que cuestionan, por sobre todo, en la presentación ante la Suprema Corte de Justicia: el del argumento del bien común e interés público argumentado para llevar adelante el acuerdo. Dicen en el escrito: “Esa gruesa falacia –la del bien común– equivale a decir que los funcionarios públicos siempre tienen razón, máxime en el caso concreto, y que los particulares siempre están equivocados y son lo opuesto al interés público que expresa la pura voluntad del agente público; o que los agentes del Estado siempre están movidos por el altruismo, la  generosidad y el bienestar general y no por mezquinos motivos personales; en tanto que los particulares solamente tienen motivos mezquinos, inconfesables, egoístas, indignos de protección jurídica. En realidad, –agregan– son a veces los que están trabajando en las bambalinas y pasillos del poder, ejercitando con asombrosos e invisibles hilos de marioneta potestades públicas, obteniendo beneficios ocultos del poder político, construyendo fortunas a su sombra, los que resultan maestros en la generación de actos administrativos disfrazados de interés público, bien común, buen orden de la comunidad, cualquier fórmula que se quiera elegir”, toda una parrafada que termina con una advertencia: “Cada vez que veamos la invocación del interés público, haríamos bien en indagar a fondo los hechos del caso: sólo la desconfianza es la reacción racional frente a quien invoca lo mágico e inexplicado como “explicación” de su conducta”.

También le piden a la Corte que le preste atención a que todo el acuerdo dio origen a una nueva empresa, la que según el punto de vista de la presentación “modifica y amplía su objeto inusitado, fuera de la concepción de la política energética provincial que se creó y de su marco legal. Es inconstitucional el decreto porque ratifica y confirma actos de los directores y representantes de la provincia de Mendoza en la sociedad para los cuales carecían de facultades tanto ellos como el gobernador mismo que pretende ratificarlos”.

A lo largo del escrito, trasunta la impresión de los reclamantes de que por acción o por omisión o por lo que fuera se buscó beneficiar a un tercero o un grupo de terceros, que esa fue la finalidad del acuerdo, en definitiva, sin que se violara, en apariencia –comentan– la ley. Algo así como, lo dejan escrito: “Para mis amigos la Justicia, para mis enemigos, la ley”.