Mientras se espera por el comunicado de Lionel Messi para aclarar su futuro, su padre y representante hizo pública este viernes la cláusula del contrato del jugador por la que este puede desvincularse, sin indemnización, del Barcelona.

Jorge Messi emitió un comunicado para responderle a la liga española, que había apoyado al Barcelona asegurando que la cláusula de rescisión del futbolista era de 700 millones. “Es obvio que la indemnización prevista en la cláusula previa no es aplicable en absoluto”, dice la carta del padre del jugador

“Tal y como señala literalmente la cláusula 8.2.3.6 del contrato firmado entre el club y el jugador, esta indemnización (los 700 millones de euros de su cláusula de rescisión) no se aplicará cuando la resolución del contrato por decisión unilateral del jugador tenga efectos a partir de la finalización de la temporada deportiva 2019-2020”, explica Jorge Messi en una carta dirigida a Javier Tebas, presidente de la Liga de Fútbol Profesional.

Pocos minutos después, la liga española emitió un comunicado de respuesta a la carta de Jorge Messi.

“Desde LaLiga se ha trasladado respuesta al mensaje enviado desde el entorno del jugador Leo Messi. Dicha respuesta pone de manifiesto y confirma la interpretación descontextualizada y alejada de la literalidad del contrato que realizan, por lo que La Liga se reitera en el comunicado publicado el pasado 30 de agosto”, señala el texto.

En este sentido, el Barcelona sigue defendiendo, y así se lo transmitió el pasado miércoles a los Messi, que la cláusula de escape expiró el 10 de junio sin comunicación del capitán azulgrana para marcharse y que el contrato sigue en vigor hasta 2021 con una cláusula de 700 millones de euros.

El comunicado completo

“D. Jorge Horacio Messi, como representante del jugador de fútbol profesional, Lionel Andrés Messi, en respuesta a la Nota Informativa publicada el 30 de agosto de 2020 por la Liga Nacional de Fútbol Profesional, en relación a la situación contractual del jugador, y al margen de su obvia parcialidad por el rol que tal institución representa en defensa de los intereses de sus asociados (los clubs de fútbol), debe manifestar que:

1º. Desconocemos qué contrato es el que han analizado y cuáles son las bases sobre las que concluyen que el mismo contaría con una “cláusula de rescisión” aplicable en caso de que el jugador decidiera instar la extinción unilateral del mismo, con efectos a partir de la finalización de la temporada deportiva 2019/20.

2º. Ello se debe a un error evidente por su parte. Así, tal y como señala literalmente la cláusula 8.2.3.6. del contrato firmado entre el club y el jugador: “Esta indemnización no aplicará cuando la resolución del contrato por decisión unilateral del jugador tenga efectos a partir de la finalización de la temporada deportiva 2019-20”.

Sin perjuicio de otros derechos que se recogen en el contrato y que ustedes omiten, es obvio que la indemnización de 700 millones de euros, prevista en la cláusula previa 8.2.3.5, no aplica en absoluto”.