Aquella historia plagada de opacidad que ha girado alrededor del acuerdo que el gobierno de Rodolfo Suarez firmó a comienzo de año con Edemsa, por la cual se le prorrogó la licitación de la distribución eléctrica hasta el 2048, sobre la base de una serie de concesiones mutuas no del todo explicitadas, estaría lejos de terminarse. Dos integrantes del Grupo Olascoaga, Martín Lafalla y Marcos López, acaban de firmar y de girar tres escritos –al Ejecutivo propiamente dicho, a la Fiscalía de Estado y al EPRE–, solicitando se informen las valuaciones de 14 de los 16 beneficios que les fueron reconocidos a la compañía eléctrica.
Se trata de solicitudes profusamente documentadas, en especial la que tiene como destino el EPRE, y en las que se trasunta y se transmite un manto de ciertas dudas y sospechas en torno a los resultados de una meganegociación de alto impacto y de interés para la Provincia.
López y Lafalla, que participaron en la última audiencia pública del sector, creen que aquel reclamo, varias veces millonario y posiblemente sobrevaluado por los “beneficios no percibidos” que hiciera la empresa a la provincia por más de 146.000 millones de pesos (815 millones de dólares en su momento), al final haya concluido de manera más que favorable a los intereses de Edemsa. Hay un argumento de peso para tales dudas: toda la negociación se llevó adelante en secreto, no se hicieron las audiencias públicas previas al acuerdo transaccional que se firmara el 3 de enero y no se dio a conocer nunca la valuación de todo lo que se le terminara concediendo a la compañía bajo la promesa de que no haría reclamos ante el Ciadi, el organismo internacional de arbitrajes sobre las desavenencias en los contratos entre estados y las empresas concedentes de servicios.
Pero, además, y entre otras cosas no menos trascendentes, los firmantes apuntan, con especial atención, que cuando la Provincia siguió adelante en la búsqueda de los nuevos acuerdos con el resto de las distribuidoras, como Edeste SA, el decreto que lo anunció establecía que lo firmado quedaba supeditado a una audiencia pública que, para el caso del que se alcanzó con Edemsa, no existió. El llamado a la audiencia previa está contemplado constitucionalmente, hay que aclarar.
Al EPRE, el denominado Grupo Olascoaga recuerda que la empresa estaba reclamando a la Provincia aquellos 146.156 millones de pesos por los beneficios no percibidos durante los años en los que la tarifa se mantuvo parcialmente congelada. Dice, además, que el EPRE evaluó tres escenarios respecto de tal planteo: uno por 95.000 millones de pesos, otro por 66.000 millones y otro por 47.000 millones. Manifiesta, además, que Edemsa renunció a realizar reclamo alguno ante el Ciadi y desestimar el pago de aquellos 146.000 millones a cambio de obtener 16 beneficios, cedidos por parte de la Provincia, de los cuales sólo dos fueron valuados o cuantificados:
- a) La Provincia le prorrogó por 20 años una concesión del servicio que para el EPRE tiene un valor de 90.500 millones de pesos.
- b) Le permitió no abonar el derecho de renovación por un monto de 18.100 millones de pesos.
En suma, y por sólo esos dos conceptos, a la compañía se le están reconociendo 108.000 millones de pesos, una suma más alta a la mayor valuación que hiciera el EPRE. Entonces, la pregunta es por qué el EPRE permitió tal operación.
Pero está dicho, lo repite el escrito, que a Edemsa se le cedieron 14 puntos más de los que no se conoce valuación económica: sumados a la prórroga y al hecho de no cobrarle el derecho por la prórroga, se le ha otorgado, además, el compromiso provincial de no hacerle reclamos monetarios futuros a la compañía por la prórroga no percibida; se le baja el canon de 10 a 6 por ciento; la Provincia hará obras eléctricas con los dividendos que le corresponden y con las utilidades que también le corresponden por las acciones B y C que le pertenecen; se le permite incluir en la base de capital remunerado las obras que termine ejecutando la Provincia; se le asegura el traslado a la tarifa del plan de obras adicional a cargo de Edemsa; se le promete, también, el cumplimiento de la readecuación tarifaria; el subsidio que recibe del mayorista Cammesa; se le resuelven todos los temas pendientes por incumplimientos con la Secretaría de Servicios Públicos y el EPRE y, por último, el hecho de que no se convocara a licitación por la venta de las acciones clase A en manos de Edemsa hacia el final de la concesión que opera en el 2028.
Sobre este último punto, el Gobierno ha dicho que la empresa tenía el derecho a presentarse con el privilegio de hacerse acreedora de tales acciones y que, seguramente, lo hubiese hecho, con lo que se terminaría pagando a sí mismo. Lo que es cierto, pero por una mera cuestión de respeto a la transparencia debió haber concretado el requisito.
El escrito señala, además, que la Fiscalía de Estado recibió en carácter de reservada la valuación que hiciera el EPRE sobre los reclamos de Edemsa. Entonces, se pregunta: ¿a cuánto ascendió el número final? A la Fiscalía de Estado, en particular, también fueron dirigidos los cuestionamientos: ¿por qué la información ha sido reservada? ¿Por qué la Secretaría de Servicios Públicos dijo que la fiscalía hizo el control de mérito, oportunidad y conveniencia? Y ¿por qué la fiscalía ha dicho que no contempló, según lo que se informó en la audiencia última, el posible daño al patrimonio público?
El tercer escrito, dirigido al gobernador, se sostiene en el supuesto olvido del Gobierno para llamar a una audiencia pública previa al acuerdo con Edemsa que se firmó el 3 de enero y que se ratificó por el decreto 70/2023 del 30 del mismo mes. Ese requisito, el de la audiencia, sí está incluido para el acuerdo que se firmó con Edeste SA. Así lo deja aclarado el decreto 366/2023, que deja supeditada la entrada en vigencia de la negociación a la realización de una audiencia que todavía no ha sido convocada.
Los firmantes, por último, han entregado toda la documentación a la oficina de Ética Pública para que se involucre en este proceso. “Debe cumplir su misión encomendada que incluye a toda persona que integre comisiones de evaluaciones de ofertas o de adjudicación de licitaciones públicas o privadas, de compra o contratación de bienes o servicios en que intervenga la Provincia, o que administre fondos públicos”, según la ley 9.386, en su artículo 1.
