La Sexta Cámara del Trabajo rechazó el jueves una medida cautelar que había elevado el Sindicato Unido de los Trabajadores de la Educación (Sute) respecto de la resolución que prohíbe las asambleas en las escuelas. De esta manera, mientras dure el juicio, el gremio deberá cumplir con la normativa.
El sindicato había solicitado que se declare la nulidad de la Resolución 2.712, que fue publicada el 13 de julio en el Boletín Oficial, por considerar que “violenta gravemente la libertad sindical” y varias normas de la constitucionalidad.
Puntualmente, en su presentación expresaron que la normativa “pretende reglamentar la actividad sindical dentro de los lugares de trabajo, es decir, dentro de los establecimientos educativos públicos de todos los niveles y modalidades de gestión estatal y que se encuentran bajo la órbita de la Dirección General de Escuelas”.
Tras analizar los argumentos del gremio, los jueces Eliana Lis Esteban Olivares, César Rumbo y Diego Cisilotto decidieron rechazar la acción presentada porque evaluaron que “no se encuentran elementos que justifiquen la concesión de la medida para la salvaguarda de los derechos que la acción de amparo sindical busca resguardar”.
Destacaron, a su vez, que “el fondo mismo de la contienda” deberá ser resuelto en el momento procesal pertinente.
En la resolución que generó el conflicto, el Gobierno escolar dispone, entre otros aspectos que “la realización de asambleas o reuniones de personal, previstas en la Ley Nº 23.551 y concordantes, o por los estatutos particulares de las asociaciones sindicales que las fijen y que se realicen en los lugares de trabajo, deberán finalizar quince minutos antes del inicio de la jornada escolar o bien, comenzar después de transcurridos quince minutos de la finalización del horario de clases; no pudiendo en ningún caso, desarrollarse en horario de prestación del servicio educativo y sin previa notificación fehaciente de su fecha y hora de realización, con 48 horas de anticipación”.