El Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) expuso en una reunión en la Legislatura uno de los problemas que han traído los alquileres temporarios en departamentos del Gran Mendoza. Se trata de inquilinos que, en ese lapso breve que están, generan más de una molestia para los residentes habituales.
Carlos Esteban Flores, secretario general de SUTERH explicó las complicaciones no son contempladas por ninguna norma actual.
“La gente que viene de vacaciones rompe todo y perjudica a los residentes que quieren dormir, ya que ellos lógicamente no tienen horario”, explicó Flores.
El gremialista sumó su propia experiencia como encargado de edificio. En el caso del inmueble donde trabaja, describió que “el 90% está en alquiler temporario y todas las noches tengo problemas con la entrada, la salida, los ruidos molestos“. Agregó que en varias ocasiones debió llamar a la Policía para resolver la situación.
El secretario general de SUTERH planteó estos problemas con el diputado provincial Enrique Thomas (PRO), porque se están enfocando en la conformación de un proyecto de ley para la creación de un registro público de encargados.
No obstante, sostuvo que para avanzar en posibles regulaciones en los alquileres temporarios primero se debe aprobar el proyecto presentado por Thomas.
La norma vigente
En la provincia de Mendoza, los alquileres temporarios están regulados según lo establecido en la Ley 7863, promulgada en 2010. En ella, no se especula ningún tipo de norma referente al comportamiento de los inquilinos.
La norma es anterior a la proliferación de las plataformas como AirBNB u otros similares, que actualmente ofrecen una oferta superior a la de hace 14 años atrás.
En octubre de 2023 se presentó un proyecto para derogar esta norma. La iniciativa impulsada por Gabriela Testa, actual presidenta del EMETUR, tiene como objetivo minimizar el riesgo de estafas en los alquileres temporarios. Sin embargo, tampoco tocó el tema del comportamiento de los turistas durante su estadía.
Actualmente, la posibilidad de destinar un departamento para temporarios depende del estatuto de cada edificio. Al conseguir dicha habilitación, los malestares que los inquilinos puedan provocar en la edificación no son regulados de ninguna manera.
La única ley que contempla los desórdenes que puedan generar los turistas se encuentra en el Código Contravencional de la provincia.
En el artículo 55, sobre los Actos turbatorios y desórdenes, la norma especifica en el inciso G las consecuencias de “perturbar el descanso, la convivencia, la actividad laboral o la tranquilidad de las personas, con gritos o ruidos, o abusar de instrumentos sonoros, o no impedir ruidos molestos de animales, o ejercitar un oficio ruidoso en forma notoriamente abusiva, los cuales por su volumen, reiteración o persistencia, excedan la normal tolerancia.”
En estas situaciones, y si han sido debidamente constatadas por la autoridad, el autor de los ruidos molestos será sancionado con multa desde doscientas (200) U.F. hasta un mil (1.000) U.F. o arresto desde dos (2) días hasta diez (10) días.
