La Asociación de Industriales Metalúrgicos de Mendoza (ASINMET) celebró la reciente aprobación parlamentaria de las modificaciones a la Ley 26639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial. Para la cámara empresarial, “la sanción es considerada una decisión estratégica que fortalece el marco institucional y el potencial productivo del país”.
“Esta reforma es el resultado de un proceso de articulación federal que otorga mayor certidumbre a la gestión de los recursos naturales”, destacó el presidente de ASINMET, Fabián Solís. Desde la cámara se expresó que la adecuación de la normativa es un paso fundamental para garantizar un escenario de inversión estable.
“La certeza técnica y la seguridad jurídica que aporta la reforma, posiciona a la Argentina como un destino confiable para el capital internacional”, sumó Solís. De este modo, ASINMET consideró que la norma facilitará la creación de empleo genuino, además de favorecer la aplicación de criterios científicos en la evaluación de cada proyecto en particular.
Para ASINMET, existe “un fuerte componente federal” porque “la flamante ley ratificó la facultad de las provincias en la administración de sus propios recursos al tiempo que promueve una gestión que integra el conocimiento del territorio y sus comunidades”. En este sentido, Fabián Solís destacó que “la estabilidad en las reglas de juego es un motor indispensable para la creación de empleo registrado y el crecimiento de la cadena de proveedores locales”.
“Tanto el desarrollo de los proyectos como la selección y desempeño de toda la cadena de valor, con esta reforma se ven sujetos de manera inmediata a la adhesión de protocolos ambientales más exigentes, asegurando de esta manera una actividad responsable”, destacaron desde la cámara.
“La claridad en las reglas de juego no solo protege el entorno sino que habilita la transformación del potencial natural de Argentina en oportunidades genuinas para todos sus ciudadanos”, sintetizó Fabián Solís.
Qué cambia
La nueva ley modifica seis artículos y crea uno nuevo con el objetivo adaptarla a la “satisfacción de necesidades”, como sugiere la Constitución. Además, elimina la vinculación del Inventario de Glaciares en el análisis de las actividades prohibidas, otorgando a las provincias -en calidad de dueñas de esos recursos- la potestad para decidir cuáles son los glaciares o ambientes periglaciares a proteger.
En concreto, antes el inventario determinaba cuál glaciar o ambiente periglacial estaba protegido, pero ahora cada jurisdicción tendrá la potestad para identificar si alguno de ellos no cumple con las funciones hídricas previstas para su protección, ya sea como reserva de agua o como proveedor de agua a cuencas. Es decir, consultando el inventario, pero sin la necesidad de que sea vinculante.
