El Gobierno otorgó un aumento de honorarios para los trabajadores contratados bajo distintas modalidades por la Provincia. La actualización será del 6% a partir de septiembre y del 5% desde diciembre, según estableció el Decreto 1904, firmado por el gobernador Alfredo Cornejo y publicado este viernes en el Boletín Oficial.
La medida alcanza a los contratos de locación de obras o servicios, honorarios determinados en horas módulo deportivo y cualquier otra modalidad de contratación, siempre que cumplan con las condiciones establecidas en el decreto. Los incrementos deberán calcularse sobre los honorarios correspondientes al mes anterior, por lo que la actualización de diciembre se aplicará sobre el monto ya incrementado.
El Ejecutivo provincial explicó que estos trabajadores no están comprendidos en los acuerdos paritarios alcanzados con las entidades sindicales que representan a los agentes públicos. El decreto señala que esos acuerdos no incluyen las contrataciones financiadas con Rentas Generales, recursos afectados de origen provincial ni, en el caso de otras entidades, las contrataciones comprendidas en el denominado Carácter 5.
En los fundamentos, el Gobierno sostuvo que, debido a la modalidad de vinculación de estos trabajadores con el Estado, no corresponde incluirlos en la discusión paritaria para determinar los incrementos. Por ese motivo, consideró “razonable, oportuno y conveniente otorgar un incremento a partir del mes de septiembre de 2026”, teniendo en cuenta la situación macroeconómica y las posibilidades financieras y presupuestarias de la Provincia.
El aumento tendrá algunas condiciones. Para los contratos financiados con Rentas Generales o Recursos Afectados, el decreto establece que quedan exceptuados los casos financiados mediante el financiamiento 18, correspondiente a Aranceles por Servicio de Salud. En los contratos sostenidos con recursos afectados, además, el incremento podrá otorgarse únicamente cuando lo permita la recaudación efectiva de esos recursos.
La misma condición se aplica a las contrataciones correspondientes a otras entidades, identificadas como Carácter 5, independientemente de su fuente de financiamiento: el aumento podrá hacerse efectivo en la medida en que exista una recaudación suficiente para sostenerlo. Además, el contrato deberá tener al menos 60 días de vigencia para quedar alcanzado por la actualización.
El decreto fue fechado el 9 de septiembre de 2026 y lleva las firmas de Cornejo, del ministro de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, Natalio Mema, y del ministro de Hacienda y Finanzas, Víctor Fayad. La norma fue publicada el 18 de septiembre en el Boletín Oficial de Mendoza.
