La empresa avícola Granjeros Mendocinos SA, deberá recibir según una sentencia del Tribunal de Gestión Asociada número 3 en el expediente n° 87.849 “Granjero Mendocino S.A C/ Municipalidad de Maipú, que fuera notificada por el juzgado en fecha 5/08/2022”, una suma que rondan en primera fase unos 50 millones de pesos, más otro monto importante para los abogados que representaron a esta firma comercial.

El condenado resultó ser la Municipalidad de Maipú, quien según la sentencia deberá desprenderse de estos fondos para reparar los daños y perjuicios que, según la Justicia, (luego de 14 años aproximadamente), ha resuelto condenar a esta última Municipalidad en favor de un privado.

El abogado del fuero local, Omar Esteban Fornetti (matricula 6236), fue quien relató y defendió junto a otros juristas a esta empresa. Así, comentó parte del suceso que resultó con final reparador para esta pyme local:

“En el año 2.006, la empresa Granjero Mendocino SA -mi mandante- adquirió los derechos sobre un predio sito en calle Nicolás Serpa de Maipú, en el que se pretendía emprender un peladero y matadero de aves de gran importancia. Que a esos fines se presentó ante el municipio y solicitó el certificado de factibilidad, pero dicho pedido no fue otorgado a raíz de un ilegítimo accionar por parte de la demandada. El jurista prosiguió, que en virtud de una serie de actos administrativos carentes de motivación, se obstruyó la posibilidad de obtener la mencionada autorización y ello causó un grave perjuicio económico a la sociedad comercial”

Seguidamente, expuso Fornetti, que “concretamente el 24/01/2006, el Sr. Luis Vit, presidente de Granjero Mendocino S.A., inició el expediente nro. 1665/2006 ante la Municipalidad de Maipú, solicitando certificado de factibilidad para instalar una planta de matadero y peladero de aves en calle Nicolás Serpa 4191 en el distrito de Pedregal. Asimismo, señaló el abogado, que en la petición se detallaban las etapas del proceso industrial a llevarse a cabo; básicamente traer las aves vivas hasta el lugar donde se realizaría el faenamiento. Recuerda que en fecha 25/01/2006 la Secretaría General de Infraestructura y Servicios dependiente del Municipio informó, mediante la arquitecta Suárez, que el emprendimiento se realizaría en zona rural y que dicha indicación fue ratificada por el Departamento de Planificación Territorial. Al serle denegada la posibilidad de instalar el negocio en sede administrativa tanto de la intendencia como del Consejo Deliberante, se recurrió a la justicia por medio de una acción de amparo que resultó favorable a la empresa Granjero Mendocino SA. Esta sentencia jamás ha sido cumplida por el municipio demandado, por lo que se les ha impuesto multas por este incumplimiento, que engrosan los daños reconocidos por la justicia”

Según comentó el abogado Omar Fornetti, otros fundamentos que constan en el expediente originario de amparo, “resultaron probatorios del perjuicio comercial que tuvo que padecer esta Sociedad Comercial, y constituyeron la base para que la jueza del tribunal de Gestión Asociada número 3, condenara en esta suma millonaria a favor la empresa avícola mendocina. Esto constituye un claro precedente de jurisprudencia, para eventuales situaciones análogas, donde los privados, pueden acudir judicialmente cuando los Estados ilegítimamente prohíban actividades comerciales o laborales de los individuos, de forma arbitraria.