El gobierno provincial presentó esta semana el programa Mendoza Activa, un plan que busca amortiguar las consecuencias de la pandemia en los sectores de la construcción, la industria, el comercio, la agricultura, los servicios y la producción primaria.

“El objetivo central es dar oxígeno al sector privado, afectado por las medidas de aislamiento y el desplome de sectores productivos en Argentina, y así inyectar movimiento a toda la cadena productiva mendocina, que es la que finalmente aporta al Estado para que pueda dar sus prestaciones a los ciudadanos”, señaló un comunicado oficial.

Para acceder a algunos de los programas se deben cumplir una serie de requisitos que estarán disponibles en la web del Gobierno de Mendoza, con datos abiertos y gratuitos para todos, una vez que estas propuestas sean aprobadas por la Legislatura.

Quiénes podrán acceder

  • Los que se postulen a estos beneficios podrán ser personas humanas o jurídicas radicadas en Mendoza.
  • En el caso de los individuos, deben ser mayores de 18 años y acreditar una inversión real en la provincia.
  • Las personas jurídicas deberán ser del sector privado, estar inscriptas debidamente en los registros como inversores, empresas o cooperativas autorizadas por la Dirección de Cooperativas a funcionar con esta modalidad.
  • También podrán participar fidecomisos que estén en el marco del concurso efectuado para acceder al Programa de Fomento a la Inversión Estratégica previsto en la Ley Provincial 9074, siempre y cuando hayan cumplido una serie de requisitos de avances de obra física o proyectos.
  • Podrán participar quienes presenten un proyecto de inversión en Mendoza en construcción, comercio, industria y agricultura. 
  • A cambio, los individuos, empresas y familias que participen obtendrán beneficios fiscales, bonificaciones, dinero en billeteras virtuales y acompañamiento permanente.
  • Quienes construyan tendrán una devolución de ese porcentaje en los primeros cien metros cuadrados.
  • Igual modalidad se aplicará para comerciantes que compren stock, quienes tecnifiquen una pyme o quienes pongan dinero en agricultura.

Excluidos

  • No se pueden postular los concesionarios o contratistas del Estado Nacional, Provincial o Municipal.
  • Quedarán afuera del programa la compra de inmuebles o terrenos, la de vehículos, las especulaciones financieras, o la compra de franquicias, patentes, concesiones o llaves de un negocio ya existentes. Tampoco se refinanciarán pasivos.
  • Además estarán excluidos quienes hayan sido denunciados por no abonar la cuota alimentaria pautada por la Justicia de Familia, es decir, que deban cuotas para la manutención de sus hijos, quedarán automáticamente afuera de cualquiera de los beneficios del programa.
  • Pueden ser rechazados también quienes no adjunten la constancia de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a su jurisdicción, excepto para los casos en los que se vaya a emprender una edificación (Mendoza Construye)
  • También los postulantes que no expliquen:
  • La existencia de inhibiciones, concursos y quiebras.
  • La existencia de deuda exigible impaga con ATM por créditos otorgados en el marco de la operatoria Emergencia Agropecuaria – Ciclo Agrícola 92/93, prevista en la Ley Provincial 6004 y concordantes, ya sea en calidad de tomadores de crédito o fiadores.
  • La existencia de deuda exigible impaga con Mendoza Fiduciaria S.A., por sí o en su carácter de administrador fiduciario de fideicomisos en los cuales el FTyC o la Provincia de Mendoza revistan el carácter de fiduciante.

Plazos

  • El programa se extenderá hasta diciembre de 2021 o hasta que los fondos destinados por el Ejecutivo y aprobados por la Legislatura se agoten. 
  • A partir de las presentaciones, un cuerpo colegiado para cada sector analizará cada una de las solicitudes.
  • Este cuerpo estará integrado por un representante del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y dos representantes elegidos por Ministerio de Economía y Energía, encargados de elaborar los pliegos específicos para cada programa.
  • A partir de la presentación, se podrá pedir documentación adicional a la adjuntada en las solicitudes.
  • Los documentos deberán presentarse en un plazo no mayor a 10 días hábiles.
  • Quienes se presenten y tengan deudas exigibles por impuestos no pagos, tendrán un plazo de 30 días para regularizar su situación.
  • El plazo de ejecución de cada proyecto no podrá exceder los 12 meses desde la notificación de adjudicación.
  • Los proyectos podrán presentarse de forma digital con toda la documentación exigida en el pliego, como constancia de CUIT o CUIL, CBU e inscripción en Ingresos Brutos y AFIP.