En medio de la cuarentena y con la llegada de los primeros fríos, algunos usuarios de gas vieron cómo se les suspendía el servicio debido a las deudas con la prestadora, Ecogas. Los reclamos comenzaron a ser usuales en las ongs de defensa del consumidor, desde donde remarcaron que no se puede suspender el suministro sin aviso, pero además señalaron que los cortes pueden producirse por moras anteriores a la declaración del aislamiento obligatorio.
Beatriz es una vecina del Barrio Vial IV que el martes se disponía a utilizar la cocina cuando descubrió que le habían cortado el servicio. Preocupada, se puso en contacto con Ecogas, donde le informaron que tenía una deuda de miles de pesos y que podía optar por un plan de pago para abonarlos. Sin embargo, ella no estaba enterada de la situación.
“El sistema no está funcionando bien desde hace tiempo. No llegan las boletas y nunca me avisaron que esto iba a pasar. Tengo cuatro hijos, no puedo trasladarlos y tampoco puedo cocinar”, se quejó.
Mientras ella espera que el problema se solucione, desde distintas ONGs de defensa al consumidor de la provincia señalaron que es un problema frecuente estas semanas: cortes de gas sin previo aviso por deudas anteriores al decreto presidencial que prohíbe interrumpir el servicio a usuarios vulnerables durante la cuarentena.
Una situación similar vive el Centro de Actividades Educativas Padre Jorge Contreras, del barrio La Gloria. El martes pasado, un grupo del personal se dirigió al establecimiento para organizar una entrega de mercadería, pero descubrieron que les habían cortado el gas.
“Como venían familias, quisimos llenar termos de agua caliente, prender las estufas, pero vimos que no se podía. No fuimos notificados oficialmente, sólo había un aviso de lo que había ocurrido en la gabeta”, relató Karen Minasi, directora de la escuelita.
En el marco de un pedido de la Dirección General de Escuelas de revisar las instalaciones de gas de los establecimientos, el 27 de enero se realizó una inspección en el lugar en el que se informó que debían ajustarse algunos detalles. Tenían 90 días para realizar los cambios.
“Atendimos las adecuaciones y cerramos cuando empezó la cuarentena. El 27 de abril se cumplió el plazo y tomaron la decisión sin avisar, en medio de la pandemia, con toda la necesidad que tiene la gente”, reclamó Minasi.
Confusión de cuarentena
Romina Ríos, presidente de la ONG Protectora, explicó que hay reclamos por falta de aviso de deuda en los que se cortó el servicio, sumado al retraso de entrega de boletas. “Si es el caso, no se cumplió con el protocolo: la empresa debe dar una indemnización de 10 cargos fijos y en caso de que se demoren en la habilitación, 5 más por cada día de demora”, explicó.
“Pasa por distintos motivos: errores de sistema, tiraron el aviso en la calle y demás, pero el usuario debe reclamar. El retiro de medidor no es inmediato: primero viene el corte, después dan la posibilidad de pagar para regularizar la situación. Recién después de vencido ese plazo pueden hacer el retiro”, agregó Ríos.
Aún así, explicó que el problema principal durante la cuarentena se origina también por la confusión de los usuarios. “Muchas personas piensan que no se les puede cortar el servicio, pero las deudas son anteriores a la pandemia, de años incluso. Ahí lo que buscamos es que se den planes de pago que sean accesibles para regularizar el servicio”, indicó la titular de Protectora.
Por su parte, Gisela Lamberti, presidenta de la Asociación Civil Consumidores Mendocinos, explicó que existen personas en situación de vulnerabilidad económica que no están incluídos en el listado, por lo que deben realizar la notificación.
“Hay muchos usuarios no comprendidos en el decreto que deben dirigirse a Enargas para ser incluídos y que no se les corte el servicio, acreditando de alguna manera su situación”, mencionó.
A modo de ejemplo, Lamberti destacó un caso del que se ocupa la ONG en la cual un monotributista social, viudo y con una hija discapacitada dejó de tener trabajo por la cuarentena y no puede pagar el gas. “El problema es que el servicio está a nombre de la mujer: debe hacer el trámite para ser incluído en el registro porque la titular está fallecida”, señaló.
A quiénes no se les corta el servicio
A quiénes alcanza
- Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.
- Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
- Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
- Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Usuarios que perciben seguro de desempleo.
- Electrodependientes, beneficiarios de la Ley N°27.351.
- Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (26.844).
- Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.
- Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), conforme lo dispuesto por la Ley N° 25.300 afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación.
- Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Economía Social (INAES) afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación.
- Instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación.
- Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.
