A tan sólo 24 horas de la sanción histórica de la Ley de despenalización del aborto en Argentina, la Justicia salteña tratará el primer planteo de inconstitucionalidad a la norma.
El juzgado federal n° 2, a cargo de Miguel Medina, habilitó la feria de enero para tratar un pedido de inconstitucionalidad planteado por el fiscal federal Ricardo Rafael Toranzos, quien pidió el tratamiento inmediato de la demanda.
En la presentación fue realizada por un grupo de personas, entre quienes aparece la exsenadora del Partido Renovador María Fiore Viñuales, junto a otros dirigentes, en una acción declarativa de inconstitucionalidad.
El argumento de peso es que el protocolo aprobado es “inconstitucional en tanto elimina el deber estatal de protección del derecho a la vida de un número indeterminado de niños por nacer en virtud de la ilegal ampliación de la inimputabilidad penal a casos no previstos en los supuestos de hecho contemplados en el art. 86, incisos 1° y 2° del Código Penal de la Nación”.
Los demandantes sostienen también que “el protocolo se posibilita que se realicen actos crueles e inhumanos prohibidos por el art. 18 de la Constitución Nacional, como ser matar a los embriones con el corazón ya latiendo y a los fetos totalmente formados dado que no se fija límite temporal alguno”.
El texto critica que el protocolo no contemple “la posibilidad de realizar un procedimiento menos dañinos como, por ejemplo el adelantamiento del parto o del ofrecimiento a la madre de la entrega posterior en adopción, con prohibición incluso de poder ofrecer de modo efectivo a la madre gestante, ya sea a través del Estado o Instituciones los medios alternativos necesarios para salvaguardar a las dos vidas”.
Aborto legal
Con la sanción de la Ley, por primera vez desde que se sancionó el Código Penal en 1921 en la Argentina la práctica del aborto no será considerada delito hasta la semana 14 de gestación.
La norma establece las condiciones en las cuales una mujer podrá llevar a cabo la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 14 semanas de gestación sin necesidad de que medie causal alguna y sin costo, ya que la práctica se incorpora al Programa Médico Obligatorio (PMO) del sistema de salud.
