La Ley Ómnibus enviada por el presidente Javier Milei al Congreso de la Nación incluyó un artículo que se define como manifestación a una reunión de tres o más personas en un espacio público.

El proyecto define a través del artículo 331 a la reunión o manifestación como una “congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público”, con el propósito de ejercer el derecho a la protesta. Mientras que el artículo 333 destaca que “toda reunión o manifestación deberá ser notificada fehacientemente ante el Ministerio de Seguridad de la Nación, con una antelación no menor de 48 horas”.

Es decir, que si este proyecto se aprueba sin modificaciones, estas reuniones o manifestaciones deberán ser notificadas al menos 48 horas antes de su realización al Ministerio de Seguridad, detallando las características; los datos de la persona u organización que la convoca, especificando “nombres y datos personales”; la finalidad de la movilización; el recorrido que tendrá; el tiempo de duración; y la cantidad estimada de participantes.

De esta manera, quienes presenten la autorización en “regla” recibirán un comprobante que habilita la reunión. Este documento debe ser portado por quien sea el organizador de la convocatoria.

En tanto, la cartera dirigida por Patricia Bullrich podrá oponerse a las reuniones “fundamentándose en cuestiones que hagan a la seguridad de las personas o seguridad nacional“.

También se define la figura del “organizador” de la protesta como quien “convoque a otras personas a participar de la reunión“, “coordine a personas para llevar a cabo la reunión“, “provea cualquier tipo de medio material o logístico para la realización de la reunión“, “pase lista, registre las presencias o las ausencias por cualquier medio escrito o de grabación de imágenes”.

Además, a los organizadores se los hace “solidariamente responsables por los daños que los manifestantes ocasionaren a terceros o bienes de dominio público o privado, en razón de la reunión o manifestación“.