La Anmat prohibió la venta y comercialización de un aceite de oliva al descubrir que se trataba de un producto ilegal.

Se trata del Aceite de oliva extra virgen, marca Sr. Oliva, Contenido Neto 500 ml, 1° prensada en frío, Elaborado en Aimogasta, La Rioja, RPE 04538919, RNPA 08007216”, que fue descubierta por una inspección.

“Del análisis de la muestra mediante informe de laboratorio de la ASSAL N° 39859 informó que el rótulo del producto investigado no declara nombre y domicilio completo de la razón social, ni fecha de duración e identificación del lote, y realizó en el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA) las consultas federales N° 7841 a la Dirección General de Control de la Industria Alimentaria de la provincia de Córdoba, la N° 7842 al Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de la provincia de Entre Ríos y la N° 7843 a la Dirección de Seguridad Alimentaria de la provincia de La Rioja a fin de verificar si los registros de establecimiento y de producto que se exhiben en el rótulo del producto investigado se encuentran autorizados, a lo que informaron que los registros son inexistentes”, señala el texto oficial.

“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República, de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284″, añade la disposición 44897/2022.