En medio del conflicto en Intercargo, el Gobierno oficializó la desregulación del servicio de rampas en los aeropuertos del país. La resolución fue publicada este viernes en el Boletín Oficial. También se habilitó a las Fuerzas de Seguridad a descargar el equipaje de los aviones frente a una medida de fuerza.
La normativa 49/2024 establece que los explotadores de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general podrán “negociar libremente sus permisos y habilitaciones entre sí, respetando las condiciones de seguridad, las regulaciones técnicas aeronáuticas y comunicando a las autoridades competentes cuando dicha negociación importe la creación o extinción de un derecho”.
Además, se aclara que toda autorización para prestar estos servicios tendrá una duración de 15 años desde su emisión, que deberá ser renovada automáticamente si se cumpliesen los estándares de seguridad.
Hasta el momento, solo se contemplada como posibles prestadores de los Servicios de Atención en Tierra a Aeronaves a los transportadores aéreos en el formato de autoprestación o prestación a terceros transportistas.
Tras la resolución, cualquier persona física o jurídica podrá prestar los servicios operacionales y de rampa en general.
Por otra parte, la medida dispuesta por la Secretaría de Transporte también marca, “en los supuestos de falta de prestación de los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general, las Fuerzas de Seguridad, previa instrucción del Ministerio de Seguridad, podrán explotar de manera temporal y excepcional dichos servicios“.
