Señora presidenta, está siendo usada por la burocracia estéril proveniente de la era menemista-duhaldista. Está rodeada de aduladores y alcahuetes que le impiden ver con objetividad lo que ocurre a su alrededor.
1 – La Anses tiene a su cargo funciones que les son propias a los ministerios de Desarrollo Social y de Cultura.
2 – Sus ingresos provienen de los activos y deben ser utilizados para la clase pasiva y futuros jubilados.
3 – Provincias que poseían cajas de jubilaciones y pensiones transfirieron a la Nación sus fondos, produciendo enormes perjuicios a las economías provinciales y eliminación de puestos de trabajo con valor agregado.
4 – La Anses solamente debe absorber aportes personales y patronales provenientes de la actividad privada (ganadería, industria, agro, comercio y afines).
5 – Es inaudito que para la obtención de actualizaciones de haberes jubilatorios –mera actuación administrativa– deba recurrirse a acciones de amparo (expediente Nº024-20-06825679- 9-601-1) iniciadas el 02/11/2009. Sobre estas actualizaciones judiciales, la CSJN ya fustigó severamente el accionar de la Anses por obligar a los beneficiarios a apelar indebidamente sus pertinentes expedientes administrativos, creando la industria del juicio con la consiguiente carga de causas que abarrota las estanterías de los tribunales y carecen de recursos para su lógica ubicación. Ello, porque el PE viola la CN y no cumple en tiempo y forma su rol institucional.
