La Dirección de Contingencias Climáticas aprobó un nuevo reglamento que regirá durante la temporada agrícola 2026-2027. La normativa actualiza la metodología que utilizan los peritos para determinar las pérdidas en los cultivos, incorpora cambios para las fincas de gran tamaño y redefine criterios técnicos para el sistema de compensaciones.

El Gobierno de Mendoza actualizó el reglamento que utilizan los peritos agrónomos para certificar los daños ocasionados por granizo, heladas y otras contingencias climáticas sobre los cultivos de la provincia. A través de la Resolución 24 de la Dirección de Contingencias Climáticas, publicada este jueves en el Boletín Oficial, quedó derogada la normativa vigente desde 2025 y comenzó a regir un nuevo Manual de Procedimientos para la temporada agrícola 2026-2027.

La resolución sostiene que la modificación responde a la necesidad de actualizar el Reglamento General de Tasaciones, que regula la forma en que se realizan las pericias técnicas, el sistema de supervisión y la liquidación de honorarios de los ingenieros agrónomos encargados de verificar los daños.

Qué cambia en las pericias

Uno de los cambios más importantes apunta a las explotaciones agrícolas de gran extensión. A partir de ahora, cuando una denuncia corresponda a una propiedad con más de 300 hectáreas cultivadas declaradas en el Registro de Uso de la Tierra (RUT), podrán intervenir varios peritos de manera simultánea.

La resolución establece la asignación de un profesional adicional por cada 300 hectáreas o fracción excedente, aunque la Dirección de Contingencias Climáticas podrá modificar esa cantidad según las características del evento climático o la complejidad del trabajo.

En esos casos, todos los peritos deberán concurrir el mismo día al establecimiento, dividir la superficie a evaluar y confeccionar una única Acta de Tasación consolidada para entregar al productor, aunque también deberán presentar las actas individuales correspondientes a cada sector inspeccionado.

El nuevo reglamento también ratifica que el productor, o una persona autorizada, deberá estar presente durante la inspección. Los peritos estarán obligados a recorrer toda la propiedad, evaluar todos los cultivos declarados, registrar el estado fenológico de cada uno y dejar constancia de cualquier daño anterior o de nuevos eventos climáticos ocurridos antes de la tasación.

Cómo se calcularán los daños

El manual mantiene el criterio de realizar inspecciones “in situ”, pero incorpora precisiones sobre los sistemas de muestreo que deberán utilizar los profesionales. En términos generales, las evaluaciones continuarán efectuándose mediante muestras aleatorias distribuidas en distintos sectores de la finca.

En situaciones donde el daño resulte difícil de determinar o se ubique cerca del 50%, el reglamento ordena ampliar el relevamiento hasta alcanzar el 5% de las plantas del cuartel para mejorar la precisión del cálculo.

La normativa también actualiza las escalas técnicas utilizadas para cuantificar pérdidas provocadas por granizo en diferentes producciones. El documento detalla criterios específicos para vid, olivo, cerezo, frutales de carozo y pepita, tomate, cebolla, ajo, pimiento, berenjena, cucurbitáceas y otras especies, considerando el estado fenológico del cultivo y el tipo de lesión sufrida por los frutos o las plantas.

Emergencia agropecuaria y compensaciones

Las tasaciones realizadas por los peritos constituyen la base para la aplicación de la Ley Provincial 9083 de Emergencia Agropecuaria y para los sistemas de compensación por daños administrados a través del Fondo Compensador Agrícola y el Seguro Agrícola.

El reglamento recuerda que las inspecciones deben realizarse a pedido del productor y que, en caso de desacuerdo con el resultado, éste podrá impugnar el acta dentro de los cinco días hábiles posteriores a la notificación. La revisión quedará a cargo de un perito técnico de la Dirección de Contingencias Climáticas, cuya resolución tendrá carácter definitivo.