ATM.

La Administración Tributaria Mendoza (ATM) estableció el porcentaje de interés que se cobrará por la financiación del Impuesto Inmobiliario y Automotor. Lo hizo a través de la Resolución 55 publicada este jueves en el Boletín Oficial.

El pago en cuotas de estos tributos genera intereses que la ATM está facultada para fijar, calculadas desde la fecha que se fije para el vencimiento de la opción de pago total.

La normativa también aclara que la Ley Impositiva permite “a la Administración Tributaria establecer las cuotas y las fechas de vencimiento correspondiente a los tributos que dispone el Código Fiscal, fijando el vencimiento del pago anual del Impuesto Inmobiliario en el mes de febrero, y para el Impuesto a los Automotores, en el mes de marzo“.

Así, se fija en un 2,5 % mensual el interés aplicable a la financiación del pago del tributo Inmobiliario y Automotores “para los distintos ejercicios fiscales, cuando el contribuyente no efectúe el pago total anual a la fecha de vencimiento“, conforme el calendario que se fije anualmente por Resolución General.

La tasa de interés aplicable a cada cuota del Impuesto Inmobiliario, será la siguiente:

CuotaMes de vencimientoInterés de Financiación
1febreroSin interés
2abril5 %
3junio10 %
4agosto15 %
5octubre20 %
6diciembre25%

La tasa de interés aplicable a cada cuota del Impuesto a los Automotores:

CuotaMes de vencimientoInterés de Financiación
1marzoSin interés
2mayo5 %
3julio10 %
4septiembre15 %
5noviembre20%

La Resolución publicada en el Boletín Oficial