El gobernador Alfredo Cornejo y el ministro de Hacienda, Víctor Fayad.

El Gobierno nacional formalizó este viernes el veto a la ley que modificaba el reparto de los Aportes del Tesoro Nacional, haciendo que dejarán de ser partidas discresionales y convirtiéndolos en recursos de coparticipación autómatica.

Según datos publicados por Nadin Argañaraz, titular del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), del total de dinero de esta partida -980 mil millones de pesos-, a Mendoza le correspondían poco más de 23 mil millones de pesos.

En concreto, la Provincia podría haber recibido 23.194 millones de pesos durante el 2025, siendo la séptima jurisdicción más afectada del país, superada por Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Entre Ríos, Chaco y Tucumán.

Teniendo en cuenta que Nación le giró a comienzos de año 3.500 millones de pesos para paliar la crisis generada en algunos sectores productivos, de haberse sostenido vigente la norma, debería haber recibido 19.694 millones de pesos más.

Si bien es una cifra más que importante, el dinero que le correspondía a Mendoza apenas representa el 0,0027% del Producto Bruto Interno (PBI).

Por otra parte, las provincias “menos afectadas” por la decisión del Gobierno nacional fueron Tierra del Fuego, Chubut, Santa Cruz y Neuquén.

El veto

La noticia, que ya había sido anticipada por el vocero presidencial, Manuel Adorni, fue oficializada este viernes en el Boletín Oficial de la Nación y se dio a conocer apenas horas después de que miembros del Gabinete recibieran a los gobernadores Alfredo Cornejo (Mendoza), Leandro Zdero (Chaco) y Rogelio Frigerio (Entre Ríos), en el marco de la convocatoria de la denominada “Mesa Federal” para abrir diálogo con los mandatarios provinciales.

El Ejecutivo argumenta que la ley “pretende reconducir tales recursos hacia un
esquema de distribución automática conforme a los coeficientes de coparticipación general, lo cual altera la finalidad legalmente asignada a los Fondos de Aportes del Tesoro Nacional y priva al Estado nacional de una herramienta de acción inmediata frente a emergencias y desequilibrios financieros que requieren decisiones
rápidas y acordes a su carácter imprevisto”.

La administración libertaria considera que “el artículo 5° de la referida Ley Nº 23.548 establece expresamente que el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias (ATN) debe destinarse a atender situaciones de emergencia y desequilibrios
financieros de los gobiernos provinciales”. A su vez, que “la naturaleza de los Fondos de Aportes del Tesoro Nacional difiere sustancialmente de la masa coparticipable
de distribución automática prevista en los artículos 3° y 4° de la Ley Nº 23.548, en tanto constituye un instrumento extraordinario y de aplicación discrecional por parte del Poder Ejecutivo Nacional, en su carácter de administrador general del país conforme el artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional”.