“Acá no se trata de matar a alguien, sino que dejarlo morir dignamente. Son dos conceptos completamente diferentes. Y eso es lo que establece la Ley de Derechos del Paciente del 2009 y que completa la modificación de 2012 (Ley de Muerte Digna). Lo que hizo la Corte fue exigir que se cumpla la ley y no evitar una agonía que no contribuye a nada”.

La que habla es Eleonora Lamm. La abogada mendocina y coautora del anteproyecto de reforma del Código Civil es una referencia cuando se tratan asuntos vinculados con la bioética, especialidad de su doctorado.

Eleonora Lamm

Básicamente, explica la necesidad de marcar la diferencia que existe entre la normativa vigente en nuestro país y la eutanasia, “que si bien es una forma de llegar a la muerte digna, en Argentina todavía está considerado como un delito”, explica.

Uno de los puntos que no quedó del todo claro en aquella ley del 2009 (26.529) tenía que ver con aquellos hechos donde el paciente no estaba en condiciones de expresar su voluntad de rechazar un tratamiento médico.

Tres años después, a partir del planteo hecho por la mamá de Camila, una nena de dos años que estaba en estado vegetativo desde su nacimiento, se produjo una modificación que despejó todas las dudas éticas que podían tener hasta ese momento los médicos.

“¿Por qué si tenemos derecho a decidir sobre nuestra vida no podemos decidir sobre nuestra muerte?”

El caso de Marcelo Diez era aún más viejo, y mostraba la poca voluntad que existe por parte de los profesionales de la salud, en ocasiones, de cumplir con la ley. Es similar a lo que ocurre con los casos de abortos no punibles.

Fue el centro médico que lo atendía el que apeló el fallo del máximo tribunal de justicia de Neuquén, que ya había convalidado  la decisión de la familia de Marcelo.

La muerte digna implica dejar de recibir alimentación e hidratación, pero no para que una persona muera de hambre y sed, sino que se aplique los métodos paliativos correspondientes para evitar un deceso traumático y el ensañamiento terapéutico frente a un cuadro irreversible.

“Lo que sucede es que todo lo que tiene que ver sobre el derecho a la vida o el derecho a la muerte siempre se sale de lo legal y entra en una discusión ideológica. Lo que cabe preguntarse en estos casos es, ¿por qué si tenemos derecho a decidir sobre nuestra vida no podemos decidir sobre nuestra muerte?”, analiza Lamm.